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Iniciativa Pyme TRAMO II

Información de interés para pymes y autónomos de Andalucía, Baleares, Canarias, Galicia y Madrid

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Banco Sabadell ha suscrito con el Fondo Europeo de Inversiones (FEI), perteneciente al grupo del Banco Europeo de Inversiones (BEI), una ampliación por 220 millones de euros de la Iniciativa PYME, para las comunidades de Andalucía, Baleares, Canarias, Galicia y Madrid.

España: País pionero en la Iniciativa

La Iniciativa Pyme es un instrumento financiero conjunto de la Comisión Europea, el Grupo BEI y los Estados miembros que tiene por objeto facilitar la financiación de las pymes españolas mediante la cobertura del riesgo parcial para las carteras de préstamos pyme. La Iniciativa Pyme también está cofinanciada por la UE a través de Horizonte 2020.

La financiación a pymes otorgada al amparo de la Iniciativa PYME (SME Initiative) se beneficia del apoyo de la Unión Europea en el contexto de la Iniciativa PYME (SME Initiative), con fondos de la Unión Europea a través de los Fondos FEDER y Horizon 2020 y con fondos del Fondo Europeo de Inversiones y del Banco Europeo de Inversiones.

  • Características


    Beneficiarios

    Podrán acceder las pequeñas y medianas empresas (pymes) y autónomos, que estén constituidos y desarrollen su actividad en Andalucía, Baleares, Canarias, Galicia o Madrid y que se ajusten a la definición de la Recomendación de la CE (2003/361/CE), es decir:

    •  Hasta 249 trabajadores
    •  Facturación menor o igual a 50 millones de euros
    •  Balance menor o igual a 43 millones de euros


    La Iniciativa excluye a determinados sectores de actividad, como por ejemplo producción y comercio de tabaco y bebidas alcohólicas destiladas y productos relacionados; producción y el comercio de armas y municiones; utilización de animales vivos con fines experimentales; energía nuclear; juegos de azar y casinos entre otros.

    Inversiones financiables

    • inversión de activos tangibles o intangibles
    • circulante relacionado con el ciclo comercial de la empresa
    • adquisición de empresas (entre inversores independientes)


    Todos los proyectos deben materializarse en España, y deberán tener como objeto: la constitución de nuevas empresas; el capital de etapa arranque (es decir, capital semilla e inicial); el capital de expansión; el capital para el fortalecimiento y estabilización de las actividades generales de una empresa; o bien la realización de nuevos proyectos, penetración en nuevos mercados o nuevos desarrollos de las empresas existentes de acuerdo con lo establecido en el reglamento FEDER.

    Entre otros conceptos, no serán financiables las refinanciaciones, reestructuraciones ni el IVA.

     

  • Condiciones financieras

     Plazos de amortización

    Mínimo de 2 años y máximo de 12 años

    Importe financiable

    Hasta 12,5 millones de euros

    Modalidades

    Préstamo y leasing