ICO Internacional 2010
Beneficiarios:
- Tramo I: Autónomos y pymes.
- Tramo II: Medianas y resto de empresas.
- Activos fijos productivos: nuevos y de segunda mano.
- Adquisición de vehículos turismos cuyo precio no supere los 24.000 €.
- Adquisición de empresas: adquisición de acciones o participaciones de empresas residentes en el extranjero.
- Creación de empresas en el extranjero: en este caso se podrán financiar los activos circulantes ligados al proyecto de inversión (en ningún caso podrán superar el 20% del importe total del proyecto).
- 3 años sin carencia para el pago de principal.
- 5 años, con 0 ó 1 años de carencia para el pago de principal.
- 7 años, con 0 ó 2 años de carencia para el pago de principal.
- 10 años, con 0 ó 3 años de carencia para el pago de principal.
- 12 años, con 0 ó 3 años de carencia para el pago de principal.
- Tramo I: autónomos y pymes
- Fijo, según cotización quincenal publicada por ICO, más 1,15%.
- Variable (EURIBOR 6 meses + diferencial), según cotización quincenal publicada por ICO, más 1,15%.
- Fijo, según cotización quincenal publicada por ICO, más 1,15%.
- Tramo II: medianas y resto de empresas
- Fijo, según cotización quincenal publicada por ICO, más 1,50%.
- Variable (EURIBOR 6 meses + diferencial), según cotización quincenal publicada por ICO, más 1,50%.
- Fijo, según cotización quincenal publicada por ICO, más 1,50%.
Importe máximo:
Se financiará hasta el 100% del proyecto:
- Tramo I: autónomos y pymes: hasta 2 millones de euros, por cliente y año, en una o varias operaciones.
- Tramo II: medianas y resto de empresas:hasta 10 millones de euros, por cliente y año, en una o varias operaciones.
Comisiones:
Sin comisiones.
Amortización anticipada:
Puede ser total o parcial en las condiciones siguientes.
Tipo variable: sin penalización.
Tipo fijo: hasta un 1% de la cantidad que va a ser amortizada.
En todos los casos, si la amortización se produce durante los dos primeros años de vida de la financiación, se aplicará una comisión cuya cuantía variará en función del momento en que se produzca la amortización.
Compatibilidad e incompatibilidad de las ayudas:
Esta línea está sometida a la condición de minimis de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las comunidades autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos en cuanto a la acumulación de ayudas públicas establecidas por la Unión Europea.
Esta línea estará vigente hasta el 20 de diciembre de 2010 o antes si se produce el agotamiento de los fondos.