“Declaraciones de Renta y Sociedades 2016”

Editorial

Andreu López Patrón

Director de Colectivos Profesionales

Distinguido/a señor/a:

Durante este mes de junio y julio, todos los contribuyentes, profesionales y empresarios, tienen una cita importante con Hacienda: nos referimos a la presentación de las declaraciones de Renta, Patrimonio y Sociedades del ejercicio 2016. La novedad más significativa para este año es la generalización de Renta WEB como único servicio de confección y presentación de la declaración de la Renta (desaparece el programa PADRE), para todo tipo de rentas, incluidas las de actividades económicas. Además, y por lo que se refiere a estas actividades para empresarios y profesionales, debemos destacar como novedades, entre otras, las siguientes: con relación a las primas de seguro de enfermedad, se eleva el límite a efectos de las rentas en especie exentas y como gasto deducible en los rendimientos de actividades económicas; las sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil, que venían tributando en régimen de atribución de rentas, pasan a ser contribuyentes del Impuesto sobre sociedades. No obstante, seguirán tributando por el IRPF, las sociedades civiles que realicen actividades agrícolas, ganaderas, forestales, pesqueras, mineras, así como las profesionales en el sentido de la ley 2/2007, de sociedades profesionales. Además, se establecen nuevos límites para la aplicación del método de estimación objetiva en los ejercicios 2016 y 2017, sin olvidarnos de la bajada de tipos de gravamen y de los nuevos tipos de retenciones e ingresos a cuenta.

En cuanto a las novedades en el Impuesto sobre Sociedades (IS), que también afectan a los empresarios y profesionales en régimen de estimación directa para el cálculo de su rendimiento neto de actividades económicas, son muchas y significativas, que habrá que tener en cuenta en las correspondientes declaraciones del IRPF y del IS, destacando entre otras: a las sociedades civiles con objeto mercantil como nuevos contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades; la limitación a la compensación de bases imponibles negativas; el nuevo límite sobre dotaciones al deterioro de los créditos u otros activos derivados de la posible insolvencia de deudores no vinculados que no fueron deducibles, así como las aportaciones a sistemas de previsión social que hayan generado activos por impuesto diferido; el mínimo anual a la reversión de las pérdidas por deterioro de valores mobiliarios deducibles con anterioridad al 1 de enero del 2013; las modificaciones introducidas en el régimen fiscal especial de cooperativas o el nuevo límite conjunto a las deducciones para evitar la doble imposición internacional, así como la modificación del tratamiento contable del inmovilizado intangible (fondo de comercio).

En nuestro apartado de actualidad económica y profesional de esta News, les resumimos todas las novedades y le ofrecemos unos consejos prácticos para que todo le resulte más sencillo, sin perjuicio de las particularidades fiscales propias de cada Comunidad Autónoma.

En el ámbito laboral, queremos analizar un tema importante que afecta a la relación laboral entre empresarios o profesionales y sus trabajadores. Nos referimos a los accidentes laborales y sus consecuencias. Cualquier empresario o empleador y trabajador debe conocer que supuestos se consideran accidentes de trabajo, y los procedimientos que deben seguirse en caso de un accidente laboral, en definitiva, saber cómo actuar ante un accidente laboral. La legislación laboral determina que “un accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”. No obstante, con la aprobación de la ley 20/2007 los trabajadores autónomos (no trabajan por cuenta ajena) si tienen derecho a las prestaciones por contingencia profesionales. En el caso de los autónomos económicamente dependientes (TRADE) es obligatoria la cotización y por tanto la prestación y para el resto de los autónomos esta cotización es voluntaria.

Por otro lado, en nuestro apartado de “Guías y ayudas”, les vamos a informa sobre las posibles soluciones a conflictos entre socios y/o directivos de empresas y despachos. No cabe duda, que los socios en algún momento pueden enfrentarse a desacuerdos que amenacen su estabilidad. Ante esto, es importante conocer qué tipos de conflictos pueden nacer, los prevenga y busque mecanismos para solucionarlos. Los conflictos entre socios pueden ser el principio del fin de muchos negocios. Para solucionarlos, el mejor consejo es tratar de prevenirlos y evitarlos incluyendo protocolos de actuación, cláusulas o fórmulas de resolución en los propios estatutos de la empresa o negocio. Otra fórmula para solucionar conflictos entre socios, es recurrir a mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos.

Para mantenerles informados nos complace enviarles nuestra News Professional BS Informa del mes de junio de 2017, con estos contenidos de actualidad, y como siempre queriendo ofrecerles nuestra mejor oferta de productos y servicios financieros así como aportarle información práctica y de valor, reflexiones y ejemplos que le ayuden a crecer y a mejorar en su actividad profesional.

Siguiendo la línea marcada en anteriores publicaciones, expondremos la gran labor social que llevan a cabo los colectivos profesionales, que fácilmente se comprueba en las actividades que realizan y que no siempre trascienden. De ahí que incluyamos también varias secciones destinadas a recoger y difundir las experiencias, los testigos y los casos de éxito de estos colectivos. En este número tendremos varias opiniones de reconocidos profesionales y su experiencia profesional.

También incluimos en esta revista varias secciones destinadas a informarles y darles ideas y consejos, así como las ayudas y subvenciones que como profesional e inversor puede obtener, y además podrá consultar en nuestra sección de respuestas profesionales una serie de pronunciamientos emitidos por la Dirección General de Tributos (DGT) en torno a la problemática fiscal de sus productos financieros y su actividad profesional.

Para terminar, queremos agradecerles la confianza depositada en nuestros servicios, y deseamos que este número de la revista sea de su agrado.

¡Feliz verano y hasta pronto!

Reciba un cordial saludo.

Andreu López Patrón
Director de Colectivos Profesionales