Antes de preparar la FIPRE, el banco realiza un estudio de la solvencia del propietario y la viabilidad económica de la operación.
Para facilitar la toma de decisiones del futuro propietario de una vivienda, antes de escoger suscribir la hipoteca con la que financiará su compra, el banco le facilitará una serie de documentos que recogen la información necesaria para comprender las condiciones del préstamo. Uno de los primeros será la Ficha de Información Precontractual (FIPRE) que, aunque tiene carácter meramente informativo, es fundamental para conocer las características básicas de la hipoteca.
A continuación, te explicamos en detalle qué es la FIPRE y qué información incorpora.
¿Qué es la FIPRE?
Si vas a contratar una hipoteca, la FIPRE es clave, y que, a pesar de no ser vinculante, contiene información clave sobre un préstamo hipotecario, como el tipo de interés, el tipo de hipoteca (si es a tipo fijo, a tipo variable o mixta), el índice de referencia y el diferencial (si se trata de una hipoteca variable o mixta), el plazo de amortización, las comisiones, los gastos de tasación y, si los hay, los productos vinculados que se puedan contratar.
Por norma general, el banco prepara la FIPRE después de haber estudiado la situación económica y la solvencia de la persona que solicita una hipoteca.
¿Qué documentación hay que presentar para obtener la FIPRE?
Para que el banco pueda entregar la FIPRE al futuro propietario, primero hay que hacer la solicitud de la hipoteca, entonces, para que éste pueda llevar a cabo el estudio de viabilidad, se tendrá que presentar distinta documentación, tanto de carácter personal como en relación a la operación de compraventa del inmueble:
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Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación Fiscal (NIF).
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Si se es trabajador por cuenta ajena, hay que aportar la declaración de la renta completa del último año y, al menos, las dos últimas nóminas. En relación con los trabajadores por cuenta propia, hay que presentar la declaración de la renta de los dos últimos ejercicios, los pagos trimestrales del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) del año en curso y los recibos de pago a la Seguridad Social más recientes.
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Justificación de otros ingresos, como alquileres, comisiones, los intereses de cuentas reflejados en el IRPF o las horas extras reflejadas en la nómina.
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Los últimos dos recibos de los pagos periódicos que se tienen, indicando, si los hay, los saldos pendientes de amortización (en hipotecas, préstamos personales, créditos, tarjetas, pensiones compensatorias y alimenticias, pago de alquileres y otras deudas).
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El histórico de la vida laboral.
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Un extracto bancario de los últimos seis meses de la cuenta donde esté domiciliada la operativa doméstica para el pago de recibos o para los ingresos de la nómina.
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Justificante del precio de compraventa de la vivienda, DNI o NIF de los intervinientes, su estado civil y el porcentaje de adquisición de los titulares.
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Un certificado de la deuda pendiente.
¿Qué otros documentos entrega el banco al futuro titular de la hipoteca?
Si la persona interesada en suscribir la hipoteca quiere continuar con el proceso de solicitud de la hipoteca tras analizar la FIPRE, el banco preparará la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN), que sí que tiene carácter vinculante. En este documento, se encuentra la siguiente información:
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El importe total de la hipoteca.
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El plazo de devolución del préstamo.
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El valor del inmueble y el porcentaje prestado.
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La periodicidad de pagos y el número de cuotas.
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El importe de cada cuota y cómo y cuándo pueden variar las mismas.
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El tipo de interés que se aplicará y si es una hipoteca fija, variable o mixta.
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La tabla de amortización, incluyendo los intereses y cuánto capital se amortiza en cada cuota.
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El reembolso anticipado, incluyendo las consecuencias y las comisiones en caso de que se amortice la hipoteca.
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Los derechos del prestatario, como el derecho de desistimiento y el derecho de portabilidad.
Junto a esta ficha, también se recibirá otra, la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE). En ella, se reflejan las consecuencias legales si se produce un incumplimiento del contrato, así como los requisitos formales para la amortización parcial o total del préstamo hipotecario.
Es obligatorio que el cliente reciba con, al menos, 10 días de antelación a la firma de la hipoteca en la notaría la FEIN y la FiAE, con el objetivo de que pueda estudiar con el tiempo suficiente las condiciones del préstamo.
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