La FEIN y la FiAE contienen toda la información relativa a una hipoteca y son claves para que el cliente tome una decisión definitiva.
Adquirir una vivienda es, posiblemente, la decisión económica más importante que tomaremos en nuestra vida. Por ello, es fundamental informarse en detalle antes de escoger la hipoteca con la que financiar su compra. Para facilitar la decisión al comprador, la Ley Hipotecaria establece que los bancos tienen la obligación de llevar a cabo la entrega y la firma de dos documentos que tienen un carácter vinculante: la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE). En ellas, se recoge toda la información necesaria para comprender las condiciones del préstamo hipotecario, si bien ante cualquier duda siempre es una buena decisión consultar a un experto financiero, como el que ofrece el banco.
Es obligatorio que el cliente reciba con, al menos, 10 días de antelación a la firma de la hipoteca en la notaría la FEIN y la FiAE, con el objetivo de que pueda estudiar con el tiempo suficiente las condiciones del préstamo.
La FIPRE, el paso previo
La Ficha de Información Precontractual (FIPRE) es un documento de carácter informativo general que los bancos entregan a los clientes cuando estos solicitan información sobre una hipoteca. No tiene carácter vinculante y en ella se incluyen las características básicas de la hipoteca, como el tipo de interés que aplica, las vinculaciones y los gastos preparatorios, el tipo de hipoteca o el tipo de moneda a la que se referencia.
Gracias a la FIPRE, el comprador de la vivienda puede revisar las condiciones de la hipoteca que se le ofrece, de manera que le resulte más sencillo poder compararla con las condiciones de otras hipotecas antes de tomar una decisión definitiva.
Qué información contiene la FEIN
La FEIN es un documento que obligatoriamente aporta el banco al nuevo propietario en el que se muestran todas las condiciones y características de la hipoteca. Está personalizada en función de las condiciones que se negociaron entre el solicitante del préstamo hipotecario y el banco.
Entre los apartados que incluye la FEIN se encuentran:
- La identificación del prestamista y las comisiones que percibir.
- El importe total del préstamo y el plazo de devolución.
- El valor del inmueble y el porcentaje que se va a conceder en el préstamo.
- La periodicidad de los pagos y el número de cuotas de la hipoteca (reflejando el importe de cada una y si va a variar en el futuro y en función de qué).
- El tipo de interés (si es fijo o variable y, si es este último, a qué índice se referencia).
- El importe total que se desembolsará incluyendo los intereses.
La FEIN también detalla qué ocurre si se ejecuta una amortización anticipada (incluyendo las comisiones que se aplican), las consecuencias legales derivadas de que el cliente incumpla sus compromisos económicos y los derechos que tiene el prestatario, como el derecho de desistimiento y el de portabilidad.
Claves de la FiAE
Por su parte, la FiAE recoge toda la información sobre las cláusulas que se van a incluir en el contrato hipotecario. En el caso de las hipotecas a tipo variable o mixtas, se incluye información sobre el índice de referencia y se explica cómo se formaliza el cálculo de las mensualidades según este indicador.
También se detallan los gastos derivados de la constitución de la hipoteca así como las condiciones bajo las que se puede aplicar la cláusula de vencimiento anticipado. Si se trata de una hipoteca multidivisa, en la FiAE se explica qué moneda se utiliza y cómo puede influir la variación en su cotización con respecto al euro para la fijación de las cuotas.
La ley establece que este documento también debe entregarse a los avalistas del préstamo hipotecario, si los hubiera.
Pasos a seguir
Una vez recibidas y analizadas ambas fichas, hay que ir a la notaría en dos ocasiones. En la primera, con el notario solamente, se comprobará que el cliente conoce sus derechos y sus obligaciones como prestatario y las condiciones del contrato. Con todo ello, se firma el acta notarial de la hipoteca, que el notario remitirá al banco. A partir de ese momento y con, al menos, un día de margen, se podrá fijar la fecha para la segunda visita a la notaría, en la que ya se contará con la presencia de representantes del banco para proceder a la firma de la escritura de compraventa.
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