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Todos los tipos de jubilación y sus requisitos

Banco Sabadell - 21/10/2025
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La jubilación es una de las etapas más importantes en la vida de cualquier persona. Planificarla con antelación permite alcanzar una mayor tranquilidad financiera y personal. En un contexto en el que el sistema de pensiones español sigue adaptándose al aumento de la esperanza de vida, es clave conocer las modalidades de jubilación disponibles y sus requisitos.

Antes de dar el paso, es recomendable realizar simulaciones con herramientas específicas que ayuden a responder una de las preguntas más habituales: cómo calcular mi pensión. Conocer esta estimación orienta la toma de decisiones sobre cuándo y cómo jubilarse.

A continuación, detallamos los principales tipos de jubilación reconocidos por la Seguridad Social en 2025 y las condiciones que deben cumplirse para acceder a cada uno de ellos.

Jubilación ordinaria

La jubilación ordinaria es la modalidad más común. Se produce cuando el trabajador cesa su actividad al alcanzar la edad legal y reúne el mínimo de años cotizados. En 2025, la edad ordinaria se sitúa en 66 años y ocho meses, salvo para quienes hayan cotizado al menos 38 años y tres meses, que pueden jubilarse a los 65 años.

Los requisitos principales para acogerse a la jubilación ordinaria son:

  • Estar dado de alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social.
  • Haber cotizado al menos 15 años, de los cuales dos deben estar dentro de los últimos 15 años antes del retiro.
  • Solicitar la pensión presentando la documentación correspondiente.

La cuantía de la pensión dependerá de las bases de cotización y del número total de años trabajados. En 2025, el periodo de cálculo de la base reguladora es de 25 años. Desde el año 2026 se incorpora un nuevo cálculo que permite elegir entre los últimos 25 años o los últimos 29 años eliminando los dos años con peores cotizaciones.

Para quienes buscan complementar sus ingresos o aumentar su ahorro de cara a la jubilación, los planes de pensiones son una herramienta útil que permite planificar el futuro financiero con mayor previsión.

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Jubilación anticipada

La jubilación anticipada permite retirarse antes de la edad legal, aplicándose una reducción en la cuantía de la pensión mediante los llamados coeficientes reductores. Se divide en dos modalidades: voluntaria y forzosa.

Jubilación anticipada voluntaria

Pensada para quienes deciden dejar de trabajar antes de la edad ordinaria. Los principales requisitos son:

  • Tener como máximo dos años menos que la edad legal.
  • Haber cotizado al menos 35 años, con dos dentro de los últimos 15.
  • No estar en situación de cese forzoso.

La pensión se reduce en función de los años cotizados y de los meses que se anticipe la jubilación. Por ejemplo, con menos de 38 años y medio cotizados, el recorte puede llegar al 21% si se adelanta 24 meses. Esta opción es frecuente entre quienes cuentan con estabilidad económica o un ahorro complementario.

Jubilación anticipada forzosa

También conocida como jubilación anticipada involuntaria, está dirigida a quienes deben dejar su empleo por causas ajenas a su voluntad (despidos colectivos, extinciones por motivos económicos…). Los principales requisitos son:

  • Tener hasta cuatro años menos que la edad legal.
  • Acreditar 33 años cotizados.
  • Estar inscrito como demandante de empleo al menos seis meses antes de solicitar la jubilación.

Los coeficientes reductores son más favorables que en la jubilación anticipada voluntaria, aunque la pensión final sigue siendo inferior a la ordinaria.

Jubilación anticipada por razón del grupo o actividad profesional

Determinados colectivos (como mineros, bomberos, policías, ferroviarios o artistas) pueden retirarse antes por la naturaleza de su trabajo. Los requisitos son:

  • Haber desempeñado la actividad durante un tiempo mínimo fijado por normativa.
  • Estar incluido en un grupo con coeficientes reductores que rebajan la edad legal.

Nunca puede accederse a este tipo de jubilación antes de los 52 años, salvo excepciones como la minería y trabajadores del mar.

Jubilación parcial

La jubilación parcial permite compatibilizar una pensión con un empleo a tiempo parcial. El trabajador reduce su jornada y salario, mientras percibe una parte proporcional de la pensión. Los requisitos para esta jubilación con un contrato de relevo son:

  • Edad mínima: 63 años y ocho meses (con al menos 30 años cotizados) o 62 años  (con 38 años y tres meses cotizados).
  • Firmar un contrato de relevo con otra persona desempleada o temporal.
  • Reducción de jornada entre un 25% y un 75%.
  • Haber cotizado seis años en la misma empresa antes de la jubilación parcial.

Esta opción es ideal para una transición gradual hacia la jubilación, manteniendo parte de la actividad profesional y las cotizaciones.

Jubilación activa

La jubilación activa permite al pensionista seguir trabajando mientras cobra parte de su pensión. Es una modalidad habitual entre autónomos y profesionales que desean continuar su actividad. Los requisitos son:

  • Haber alcanzado la edad ordinaria sin reducciones.
  • Haber cotizado el 100% de la base reguladora.
  • Compatibilizar una actividad por cuenta propia o ajena.

El jubilado puede recibir el 50% de la pensión mientras trabaje. Si es autónomo y mantiene al menos un empleado, puede percibir el 100%. Esta fórmula impulsa el envejecimiento activo y la sostenibilidad del sistema.

Jubilación flexible

La jubilación flexible se da cuando un pensionista decide volver al mercado laboral tras haberse retirado. Es una opción pensada para quienes desean seguir activos, complementando ingresos o contribuyendo con nuevas cotizaciones.

Durante el tiempo de actividad, la pensión se reduce en proporción a la jornada laboral y, al finalizar, se recalcula teniendo en cuenta las cotizaciones añadidas, lo que puede aumentar el importe final. Los requisitos son:

  • Ser pensionista de jubilación contributiva.
  • Firmar un contrato a tiempo parcial, con una dedicación entre el 25% y el 75%.
  • Comunicar la reincorporación a la Seguridad Social.

En muchos casos, esta modalidad puede ser una buena opción para los que no quieren jubilarse del todo y prefieren mantener cierta actividad profesional.

Jubilación demorada

La jubilación demorada recompensa a quienes deciden seguir trabajando más allá de la edad legal. Los incentivos económicos la han convertido en una de las opciones más atractivas para prolongar la vida laboral. Los requisitos son:

  • Haber cumplido la edad ordinaria.
  • No estar recibiendo una pensión de jubilación.

Incentivos disponibles:

  • Aumento del 4% de la pensión por cada año adicional cotizado.
  • Pago único a tanto alzado (variable según años y base cotizada).
  • Combinación de ambas opciones.
     

Esta alternativa resulta especialmente ventajosa para quienes desean mejorar su pensión y mantener su actividad laboral.

Como conclusión, el sistema español ofrece diferentes fórmulas de jubilación adaptadas a las circunstancias de cada persona: ordinaria, anticipada, parcial, activa, flexible o demorada.

Planificar el retiro con tiempo, conocer los requisitos y calcular la pensión con precisión son pasos esenciales para disfrutar de una jubilación estable. Contar con el apoyo de asesores financieros o bancarios ayuda a diseñar una estrategia personalizada que combine pensión pública, ahorro privado y posibles ingresos complementarios, garantizando así una etapa de retiro segura y tranquila.

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