Comprar una vivienda es una de las decisiones más importantes que toman las personas a lo largo de su vida. En el caso de las familias numerosas, este reto económico es posiblemente mayor, de acuerdo a los recursos que se han de destinar a diario al cuidado de los hijos. En España, existen diferentes tipos de bonificaciones y deducciones para estas familias en los impuestos a la hora de adquirir una vivienda. A continuación, te los detallamos.
¿Qué ayudas tienen las familias numerosas para comprar una vivienda?
A la hora de comprar una casa y contratar una hipoteca como familia numerosa, es importante tener en cuenta las diferentes ayudas que existen en España para este tipo de familias. En concreto, disponen de tres descuentos tributarios:
1. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este impuesto se tiene que pagar al comprar una vivienda de segunda mano y cada comunidad autónoma aplica su tipo para las familias numerosas:
- Andalucía: Tipo general del 8-10%; tipo para familias numerosas del 3,5%.
- Aragón: Tipo general del 8-10%; reducción del 50% de la cuota íntegra del impuesto.
- Asturias: Tipo general del 8-10%; tipo para familias numerosas del 8%.
- Canarias: Tipo general del 6,5%; tipo para familias numerosas del 1%.
- Cantabria: Tipo general del 8-10%; tipo para familias numerosas del 5%.
- Castilla y León: Tipo general del 8%; tipo para familias numerosas del 4%.
- Castilla-La Mancha: Tipo general del 8%; tipo para familias numerosas 5%.
- Cataluña: Tipo general del 10-11%; tipo para familias numerosas del 5%.
- Extremadura: Tipo general del 8-11%; tipo para familias numerosas del 3%.
- Galicia: Tipo general del 10%; tipo para familias numerosas del 3%.
- Islas Baleares: Tipo general del 8-11%; tipo para familias numerosas del 2%.
- La Rioja: Tipo general del 7%; tipo para familias numerosas del 3%.
- Madrid: Tipo general del 6%; tipo para familias numerosas del 4%.
- Murcia: Tipo general del 8%; tipo para familias numerosas del 3%.
- Navarra: Tipo general del 6%; tipo para familias numerosas del 5%.
- País Vasco: Tipo general del 7%; tipo para familias numerosas del 2,5%.
- C. Valenciana: Tipo general del 10%; tipo para familias numerosas del 4%.
- Ceuta y Melilla: Tipo general del 6%; tipo para familias numerosas del 6%.
¿Qué documentación debo presentar para solicitar la reducción del ITP?
Para acceder a esta bonificación, es necesario que la familia numerosa cumplimente el modelo 601 que hay que presentar a la Agencia Tributaria. El plazo para liquidar el ITP generalmente es de 30 días desde la firma de la compra de la vivienda. En cualquier caso, si ya se ha realizado la compra de la vivienda y no se ha solicitado la reducción por familia numerosa, es posible presentar ante la Agencia Tributaria una solicitud de ingresos indebidos dentro de los cuatro años siguientes a la finalización del plazo para liquidar el impuesto.
2. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Las familias numerosas de categoría general tienen derecho a una deducción en el IRPF de 1.200 euros, mientras que las de categoría especial pueden deducirse 2.400 euros. Para aplicar esta deducción hay que marcar la casilla 0660 de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio en el que se adquirió la vivienda.
3. Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Todas las familias numerosas pueden acceder a una bonificación en el IBI, que puede llegar a ser de hasta el 90%. Como se trata de un impuesto municipal es conveniente revisar la bonificación que se aplica en la localidad en la que se ubica la vivienda.
Más allá de estos descuentos tributarios, es importante tener presentes todos los gastos que conlleva la hipoteca y la operación de compraventa. Para ello, siempre es útil realizar una simulación de la hipoteca1, lo cual puede ofrecer una idea aproximada del tipo de préstamo hipotecario que más se ajusta a cada familia y cómo serán las cuotas que se pagarán cada mes.
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