El alquiler con opción a compra es una fórmula cada vez más popular para quienes desean adquirir una vivienda, pero todavía no cuentan con el ahorro necesario o la estabilidad financiera para pedir una hipoteca de inmediato. Este modelo combina la posibilidad de vivir de alquiler con la opción de comprar el inmueble al final de un periodo determinado. En la mayoría de los casos, cuando llega ese momento, el inquilino necesita solicitar una
¿Cuáles son los gastos de apertura de una hipoteca?
Contratar una hipoteca para comprar una casa conlleva una serie de gastos. El futuro propietario debe tener en cuenta, por tanto, que al precio de la compraventa y a los otros gastos asociados a la adquisición tiene que añadir los
¿Qué gastos asume el futuro propietario al firmar una hipoteca?
Tal y como fija la ley, para calcular los gastos de la hipoteca el titular del préstamo hipotecario tiene que asumir los siguientes gastos:
- Tasación. Es la valoración del inmueble para conocer su precio y que sea objeto de garantía hipotecaria. Es uno de los trámites más importantes a la hora de solicitar un préstamo hipotecario. La tasación es obligatoria y tiene que llevarla a cabo una entidad tasadora inscrita y registrada en el Banco de España. En cuanto al coste, este oscila entre los 200 y los 600 euros y tiene una vigencia de seis meses desde la fecha de su emisión.
- Notaría. El comprador debe hacer frente al pago de las copias de la escritura del préstamo hipotecario que decida solicitar. Este documento tiene un coste reducido, entre 0,60 y 1 euro por cada hoja.
- Comisión de apertura. Al contratar una hipoteca el banco puede cobrar una comisión de apertura cuyo importe no está limitado por ley. Por lo general, representa un coste de entre el 0,1% y el 2% del capital prestado. Para una
hipoteca de 100.000 euros , el coste ronda entre los 100 y los 2.000 euros. La entidad bancaria tendrá que informar si va a repercutir esta tasa y a cuánto asciende. Algunas entidades no la cobran, este sería el caso de Banco Sabadell, que ha eliminado esta comisión al contratar unahipoteca bonificada .
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¿Qué gastos asume el banco?
Por su parte, la entidad bancaria tiene que hacer frente a los gastos siguientes:
- Impuesto sobre actos jurídicos documentados (AJD). Es una tasa que se aplica a la legalización de todo tipo de documentos notariales, mercantiles y administrativos. El importe de este impuesto lo establece cada comunidad autónoma y oscila entre el 0,5% y el 1,5%. Por ejemplo, para una hipoteca de 100.000 euros, el coste se sitúa entre los 500 y los 1.500 euros.
- Notaría. El notario mujer fe pública de las escrituras del préstamo hipotecario, es quien las otorga y se le tienen que abonar los aranceles de la notaría. Están establecidos por ley y suelen oscilar entre el 0,3% y el 0,5% de la responsabilidad hipotecaria. En una hipoteca de 100.000 euros, los gastos de notaría estarían entre 300 y 500 euros.
- Gestoría. Estos gastos las genera la gestoría al inscribir la escritura al Registro de la Propiedad y en la hora de pagar los impuestos correspondientes. La gestoría cobra unos honorarios de unos 400 euros de media para hacer estas gestiones.
- Registro. El banco paga al registrador los aranceles asociados a la inscripción de la hipoteca, que están regulados y que cuestan entre el 0,1% y el 0,3% de la responsabilidad hipotecaria. Siguiendo con el ejemplo anterior de una hipoteca de 100.000 euros, el coste se sitúa entre los 100 y los 300 euros.
¿Cuáles son los gastos de comprar una casa?
Además, como ya se ha mencionado, hay unos gastos directamente relacionados con la compraventa. Estas incrementan el coste de la operación, entre un 10% y un 15%. Entre estos gastos hay la notaría, la gestoría y el coste de inscribir las escrituras al registro de la propiedad, así como los impuestos. Para conocer con mayor precisión cuánto te costaría el préstamo bancario y las cuotas mensuales, puedes utilizar este
Estos últimos difieren en función de si se compra una vivienda de obra nueva o uno de segunda mano. En el primer caso se paga el impuesto sobre el valor añadido (IVA), fijado en un 10% -salvo las Canarias, donde se aplica el impuesto general indirecto canario (IGIC), que es del 6,5%-, y el AJD, que también cambia según la región. En el segundo, se abona el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP) que varía en función de la comunidad autónoma donde se ubique el inmueble, y puede oscilar entre un 6% y un 10%.
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Fotografía de Clay Banks en Unsplash