Conseguir un ahorro fiscal en la declaración de la Renta es posible si podemos acogernos a ciertas deducciones.
Para intentar ahorrar en la próxima declaración de la Renta, es posible implementar algunas medidas y evitar así tener que pagar más de lo debido. Aunque la mejor opción es consultar con un asesor fiscal, a continuación vamos a revisar algunas posibles deducciones que pueden aplicarse junto con algunas otras recomendaciones.
Deducciones por reforma de la vivienda
Existen varias deducciones por rehabilitación de vivienda. Si llevaste a cabo alguna en 2023, evalúa si tienes derecho a acogerte a alguna de ellas:
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Calefacción y refrigeración. Es posible deducirse un 20% de las cantidades por las obras realizadas para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración. Es necesario, eso sí, que demuestres que la obra ha contribuido a disminuir. al menos, un 7% la demanda energética. La base máxima de la deducción es de 5.000 euros.
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Eficiencia energética. Podrás deducir el 40% de las cantidades por las obras realizadas para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable si se ha logrado reducir en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable o se ha conseguido una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética A o B. La base máxima de deducción es de 7.500 euros.
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Rehabilitación energética. Si el dueño de un edificio ha realizado obras de rehabilitación energética, cada propietario puede deducirse un 60% de la derrama que paga, hasta un máximo de 15.000 euros que se puede deducir en los cuatro ejercicios siguientes.
Deducciones por vivienda habitual
Si contrataste la hipoteca antes del 1 de enero de 2013 para adquirir tu vivienda habitual, podrás deducir en la declaración de la Renta hasta un 15% de la cantidad invertida con un tope de 9.040 euros. Es decir, el ahorro máximo al que podrás acceder será de 1.356 euros.
Además, tienes que contemplar las posibles desgravaciones que se aplican por la compra de vivienda habitual en la región en la que resides, ya que cada comunidad autónoma aplica sus propias desgravaciones.
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Compensar ganancias con pérdidas patrimoniales
En el caso de que hayas sufrido alguna pérdida patrimonial, por ejemplo, invirtiendo en un producto financiero, dispondrás de 4 años para compensar dichas pérdidas con otras ganancias patrimoniales.
Deducciones por maternidad
Si eres madre, estás trabajando y tienes un hijo menor de 3 años, podrás deducir 1.200 euros en tu declaración de la Renta.
Sin embargo, no podrás beneficiarte de esta deducción si ya estás cobrando el complemento de ayuda a la infancia del ingreso mínimo vital.
Deducciones por donativos
Las donaciones a fundaciones, asociaciones y ONG también desgravan en la declaración de la Renta. Según la legislación actual, es posible desgravar el 80% de los primeros 250 euros, y el 45 % del resto.
Bonificaciones en la declaración de la Renta para mayores de 65 años
Las personas mayores de 65 años están exentas de tributar por la ganancia patrimonial obtenida por la venta de cualquier elemento patrimonial (como un inmueble o acciones), siempre que el dinero obtenido se reinvierta en una renta vitalicia, con un límite de 240.000 euros.
En el caso de que una persona mayor de 65 años venda su vivienda habitual no será necesaria dicha reinversión, ya que no habrá que tributar por esa ganancia.
Deducciones por inversión en empresas de nueva creación
Puedes deducir un 50% de hasta 100.000 euros en acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación. Además, podrás aplicar una exención de los rendimientos del trabajo por la entrega de acciones o participaciones de empresas emergentes a sus trabajadores, con un tope máximo de 50.000 euros.
Otras recomendaciones
Junto a estas posibles deducciones de carácter estatal, cada comunidad autónoma realiza sus propias deducciones que suponen una reducción en la cuota íntegra del IRPF. Las deducciones autonómicas más habituales suelen ser por vivienda habitual, por ser familia numerosa o por maternidad. Consulta la normativa vigente de tu comunidad autónoma antes de presentar la declaración de la Renta.
Además, si te casaste en 2023, puedes elegir entre presentar la declaración de la Renta individual o conjunta, optando por aquella que mayor beneficio fiscal te aporte.
Finalmente, si te sale a pagar la declaración de este año recuerda que podrás solicitar efectuar el pago en dos plazos. El primero, de un 60% de la cuantía final, se abona en el momento de presentar la declaración.
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