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1. Rentabilidad: 0 % Tipo de Interés Nominal (TIN), 0 % Tasa Anual Equivalente (TAE). Las condiciones de la Cuenta Sabadell Negocios Plus serán de aplicación exclusivamente para nuevos clientes de Banco de Sabadell, S.A. autónomos, negocios o pymes que se identifiquen con alguno de los CNAEs detallados en las Bases de la Promoción disponibles en www.bancsabadell.com/bsnacional/es/bases-legales-campanas-y-promociones/ y que den de alta la cuenta entre el 1 de abril y el 15 de junio de 2025, ambos inclusive.
2. Todos los TPV son productos de Paycomet, S.L.U., empresa del grupo Banco Sabadell. Paycomet es una Entidad de Pago, perteneciente al Grupo Banco Sabadell, con domicilio social en Torrelodones (Madrid), calle Camino de Valladolid 2, local, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, tomo 40.715, folio 165, hoja M-722.484, titular del CIF n.º B95842522. Paycomet salvaguarda los fondos recibidos por los usuarios mediante depósito en una cuenta separada abierta en Banco de Sabadell, S.A.
3. Entre el 1 de abril y el 15 de junio de 2025 (ambos inclusive), los clientes autónomos, negocios y pymes del sector Salud y Bienestar que contraten un nuevo TPV con una Tarifa Plana mensual durante un periodo mínimo de 12 meses, accederán a una Promoción de 6 meses gratis mediante la bonificación de la cuota mensual de la tarifa plana que deban abonar según el tramo seleccionado por el cliente atendiendo a su facturación mensual (tramos incluidos: desde 1.000 €/mes hasta 10.000 €/mes). El exceso de facturación mensual sobre el tramo de la tarifa plana contratada se cobrará al 1,10% de tasa de descuento del importe de cada operación.
Se excluyen de la promoción a los clientes que tuvieran TPV en alta en alta de forma previa. Se excluye de la promoción los TPV Virtual, TPV Smart Doble Pantalla y TPV Smart Phone&Sell. Las operaciones realizadas con tarjetas American Express están excluidas de estos precios y no computarán en los tramos de facturación de la Tarifa Plana contratada al tener sus propias tarifas. Se perderá la condición de beneficiario en cualquier de los siguientes supuestos: (i) baja del contrato de comercios o TPV; (ii) superar el límite del 10% de facturación total mensual de tarjetas internacionales; (iii) cambio de modalidad de tarifa (tramo inferior de Tarifa Plana o Tasa de Descuento) durante los primeros 12 meses desde la contratación; o (iv) devolución de alguna cuota mensual. De no mantenerse el TPV durante 12 meses con la cuota de Tarifa Plana del periodo de contratación o superior, se aplicarán penalizaciones correspondientes al importe de la cuota contratada y el tiempo de promoción.
Para más información, consulta las bases de esta promoción en www.bancsabadell.com/bsnacional/es/bases-legales-campanas-y-promociones/
4. Sujeto a los términos, condiciones, coberturas, capitales, limitaciones y exclusiones establecidas en las condiciones generales, particulares y especiales (en su caso) de la póliza.
Promoción de las aseguradoras BanSabadell Vida y BanSabadell Seguros Generales aplicable a clientes autónomos (personas físicas y mayores de edad) y negocios (personas jurídicas), en ambos casos con residencia fiscal en España, que, entre el 1 de abril de 2025 y el 15 de junio de 2025, ambos incluidos, soliciten la contratación de alguno de los siguientes seguros: Life Care, Life Care Premium, Accidentes Premium, Protección Vida Pymes (productos de BanSabadell Vida) o Protección Comercios y Oficinas (producto de BanSabadell Seguros Generales). La fecha máxima de entrada en vigor de la póliza 31 de agosto de 2025. Los seguros deben tener contratada la modalidad de pago anual, semestral o trimestral.
Los seguros deberán estar vigentes y al corriente de pago para tener derecho al incentivo. Promoción aplicable exclusivamente en la primera anualidad del seguro. El importe del incentivo será equivalente al siguiente importe:
- Para contratos con pago anual: se abonará el importe total equivalente al 25% del importe total pagado en el primer recibo anual.
- Para contratos con pago semestral: se abonará el 50% del importe total pagado en el primer recibo semestral.
- Para contratos con pago trimestral: se abonará el importe total pagado en el primer recibo trimestral.