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Ahorro, inversión y jubilación

Rentas vitalicias: qué son, cómo funcionan y ejemplos

Banco Sabadell, Publicidad - 24/04/2025
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Contar con ingresos estables a lo largo del tiempo es una de las principales preocupaciones al planificar el futuro financiero. Ya sea en el momento de la jubilación o tras recibir una suma significativa de dinero, existen soluciones que permiten transformar ese capital en una fuente de ingresos periódicos y duraderos. Es el caso de la renta vitalicia: un seguro de vida ahorro que combina la seguridad de las finanzas a largo plazo con la tranquilidad de contar con una fuente de ingresos estable.

¿Qué es una renta vitalicia?

Una renta vitalicia es un seguro de vida-ahorro mediante el cual una persona (el tomador) entrega una suma de capital a una aseguradora a cambio de recibir una renta periódica durante el resto de su vida. 

Esta opción, además de ofrecer una fuente de ingresos constante durante toda la vida y ser una herramienta de planificación financiera útil, cuenta con beneficios fiscales. Además, en función del tipo de renta vitalicia que se contrate, es posible mantener el capital para los hijos o beneficiarios en caso de fallecimiento del titular. 

¿Cómo funcionan las rentas vitalicias?

El funcionamiento de una renta vitalicia es sencillo y se basa en un acuerdo entre el titular y la compañía de seguros:

  • Aportación inicial. El titular de la renta vitalicia debe realizar una única aportación inicial a la entidad. 
  • Elección del tipo de renta vitalicia: Se debe elegir el tipo de renta vitalicia que se desee contratar en función de las necesidades del titular, teniendo en cuenta tanto los ingresos mensuales a percibir por el asegurado como, en su caso, la prestación (capital o renta vitalicia)  que se desea dejar a los beneficiarios.
  • Recepción de la renta: La entidad aseguradora abona esa prestación en forma de renta periódica (mensual, trimestral…) durante toda la vida del titular. El importe dependerá del capital aportado (prima del seguro), el tipo de interés, la edad de la persona y las condiciones pactadas de prestación en caso de fallecimiento.

¿Quién puede contratar una renta vitalicia?

Una renta vitalicia es un producto indicado para personas mayores de 60 años con capacidad legal y un capital disponible que desean obtener unos ingresos estables con los que complementar su pensión de jubilación. Se trata de una buena alternativa para aquellos que, por ejemplo, dispongan de ahorros, hayan recibido una herencia o vendido una propiedad.

¿Qué tipos de renta vitalicia existen?

A la hora de contratar una renta vitalicia, es importante saber que existen distintas modalidades adaptadas a las necesidades de cada persona. La elección dependerá fundamentalmente de dos factores:

Según la forma de percibir la renta

  • Sin consumo del capital. Es decir, la prestación en caso de fallecimiento para los beneficiarios designados por el asegurado es como mínimo el 100% de la prima del seguro abonada.
  • Con consumo parcial del capital. La prestación en caso de fallecimiento para los beneficiarios designados por el asegurado es inferior a la prima del seguro abonada.
  • Con consumo del total del capital. En caso de fallecimiento , los beneficiarios no percibirán prestación alguna.

Según permitan o no el rescate del seguro

  • Renta vitalicia irrevocable o de capital cedido: el seguro no se puede cancelar una vez se haya contratado el seguro, es decir, no existe el derecho de rescate anticipado de la póliza. A cambio, suele ofrecer una renta más alta. Es óptima para quienes buscan la mayor rentabilidad posible y no necesitan liquidez futura.
  • Renta vitalicia con derecho a rescate: permite la cancelación anticipada del seguro. Esta cancelación anticipada puede suponer que el valor de rescate sea inferior a la prima abonada, ya que generalmente se aplica una penalización o se valora a precio de mercado, así como implica la tributación de los rendimientos por los que no se tributó cuando se percibió la renta. 

Según la procedencia del dinero

También es posible clasificar una renta vitalicia en función de la procedencia del dinero para constituir la misma, lo cual influye de manera directa en la forma de tributación. 

  • Cuenta corriente.
  • Plan de pensiones o plan de previsión asegurado.
  • Plan individual de ahorro sistemático.
  • Venta de un producto o inmueble que haya generado un incremento patrimonial (acciones, fondos de inversión, inmueble, etc.). 

Según la rentabilidad

Por último, se pueden distinguir diferentes tipos de rentas vitalicias en función de si la rentabilidad está garantizada para toda la vida o de si es variable en función de la evolución de las inversiones afectas al producto. 

Ejemplo de tributación de una renta vitalicia

La tributación en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de una renta vitalicia depende de la procedencia del dinero con el que haya sido constituida. Veamos un ejemplo de tributación de una renta vitalicia con dinero en la cuenta corriente.

Las rentas que percibe una persona durante un año tributarán en el IRPF como rendimientos del capital mobiliario, con la ventaja de que sólo un porcentaje de las rentas está sujeto a tributación. Este porcentaje depende de la edad del asegurado en el momento en el que se contrata la renta y permanece constante durante toda la vigencia del contrato (salvo en Navarra, donde estos porcentajes se aplican en función de la edad en el momento de la percepción de cada anualidad).

  • Entre 60 y 65 años: 24%
  • Entre 66 y 69 años: 20%
  • A partir de 70 años: 8%

Sobre este porcentaje se aplica una retención a cuenta a tipo fijo del 19% del IRPF. 

Por ejemplo, si una persona de 72 años contrata una renta mensual de 1.000 euros: 

  • Renta bruta anual: 12.000 euros 
  • Renta sujeta a tributación: 960 euros (12.000€ x 8%)
  • Retención anual: 182,4 euros (960€ x 19%)
  • Renta anual neta de retención: 11.817,6 euros (12.000€ - 182,4€)

En el momento de presentar la declaración, estos rendimientos se integran en la base del ahorro y la tributación efectiva depende del total de rentas que se integren en la misma. Siguiendo con el ejemplo, la tributación efectiva, suponiendo que no se tuvieran más rentas del ahorro, sería: 

  • Tributación efectiva: 182,4 euros (960€ x 19%)
  • Renta anual neta de tributación: 11.817,6 euros (12.000€ - 182,4€)

Si el importe acumulado de las rentas del ahorro es superior a 6.000 euros, el tipo aplicable se va incrementando al 21% (hasta 50.000 euros); al 23% (hasta 200.000 euros); y al 26% (a partir de 200.000 euros). Estas tarifas son válidas en todo el territorio nacional salvo en Navarra y País Vasco.

Si se produce la cancelación anticipada de la póliza por el tomador (derecho de rescate), hay que tributar por los rendimientos que no se tributaron durante la percepción de las rentas.

Asimismo, la normativa fiscal contempla las rentas vitalicias como producto que permite la exención de tributación de las plusvalías generadas como consecuencia de transmisiones patrimoniales siempre que se contraten por personas que hayan cumplido los 65 años de edad, la renta vitalicia cumpla una serie de requisitos específicos, y la contratación de la misma se produzca en los 6 meses siguientes a la fecha de la transmisión, con máximo de prima por contribuyente de 240.000 €.

¿Las rentas vitalicias son heredables?

Por norma general, las rentas vitalicias no son heredables, ya que están diseñadas para extinguirse con el fallecimiento del titular. No obstante, existen excepciones:

  • Renta vitalicia con reversión: permite que, al fallecer el titular asegurado, otra persona designada (beneficiario) continúe recibiendo la renta periódica, total o parcialmente, durante el resto de su vida o por un tiempo determinado.
  • Renta con capital reservado: en este caso, al fallecer el titular, los herederos recuperan parte o la totalidad del capital aportado inicialmente, según lo estipulado en el contrato. No se siguen pagando rentas, pero se garantiza una devolución parcial del capital no consumido.

Ventajas de las rentas vitalicias

  • Ingresos estables y garantizados. Una de las principales ventajas de la renta vitalicia es la tranquilidad que ofrece. El asegurado recibe una cantidad periódica para toda la vida. Esto se traduce en una fuente de ingresos constante para afrontar el futuro con mayor seguridad económica.
  • Fiscalidad interesante. Las rentas vitalicias disfrutan de una fiscalidad ventajosa, especialmente a partir de los 65 y de los 70 años. En estos casos, solo una parte reducida de la renta tributa en el IRPF, lo que permite optimizar el rendimiento real del capital invertido.
  • Protección para familiares o herederos. Existen modalidades que permiten prolongar la renta a un beneficiario tras el fallecimiento del titular, o incluso recuperar parte del capital aportado. De este modo, no solo se protege el presente, sino también el futuro de los seres queridos.
  • Flexibilidad y adaptación a cada perfil. El producto se puede adaptar a diferentes situaciones personales: empezar a cobrar de inmediato o más adelante, elegir beneficiarios o decidir si se desea mantener parte del capital disponible. Además, su integración con otros productos de previsión  —como seguros de vida o planes de ahorro— permite construir una estrategia patrimonial sólida y adaptada a cada etapa vital.
Fotografia de Freepik

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