El aval hipotecario es una garantía adicional que pide el banco y sirve para incrementar la solvencia del futuro titular de una hipoteca, de manera que pueda cumplir con todos los requisitos exigidos para la concesión del préstamo hipotecario. A continuación, explicamos en qué consiste un aval hipotecario y los límites que tiene.
¿Qué es un aval hipotecario?
Un aval hipotecario es una garantía adicional que una persona (el avalista) ofrece al banco para respaldar el cumplimiento de las obligaciones de un
Este tipo de aval se utiliza para reforzar la seguridad del préstamo ante la entidad financiera, especialmente cuando el solicitante no cumple todos los requisitos habituales de solvencia o estabilidad económica. El avalista suele ser un familiar cercano con buena situación financiera, que se compromete a responder con su propio patrimonio si fuera necesario.
¿Cuándo es necesario un aval hipotecario?
Habitualmente, el banco exige un aval hipotecario cuando la persona que solicita la hipoteca no tiene la solvencia financiera suficiente para hacer frente a la devolución del préstamo. Entre los motivos más frecuentes para solicitar un aval hipotecario se encuentran:
- No disponer del ahorro previo suficiente para cubrir los gastos que no financia la hipoteca (es recomendable, al comprar una vivienda, contar con un 20 % de ahorro previo sobre el precio de adquisición más alrededor de otro 15 % para los gastos asociados).
- No disponer de unos ingresos estables o suficientes.
- Contar con un alto nivel de endeudamiento. Hay que tener en cuenta que el Banco de España recomienda no destinar más del 35 % de los ingresos netos mensuales al pago de deudas.
Además, es habitual que el banco pida un aval hipotecario en las
En cualquier caso, antes de contratar una hipoteca, puede ser una buena idea utilizar un
¿Quién puede ser avalista en una hipoteca?
La principal condición para que una persona pueda convertirse en avalista de una hipoteca es que disponga de la solvencia económica suficiente para poder avalar al hipotecado. También es recomendable que cumpla con otros requisitos, como por ejemplo:
- Ser mayor de edad.
- Contar con ingresos estables y suficientes para pagar las cuotas de la hipoteca.
- No tener deudas o, si las tiene, que no superen el 35 % de sus ingresos.
- No estar en ningún fichero de morosos.
- Disponer de bienes en propiedad libres de cargas que sirvan como garantía extra para el banco.
¿Qué riesgos tiene ser avalista?
Ser avalista de una hipoteca implica algunos riesgos como poder llegar a comprometer su patrimonio o tener dificultades para obtener nuevos créditos. Es decir, convertirse en avalista hipotecario implica poder llegar a asumir la deuda del préstamo de forma solidaria, con sus bienes presentes y futuros, en el caso de que el hipotecado no pueda pagar la deuda.
Durante todo el tiempo de vida de la hipoteca el avalista está ligado al titular, incluso en el caso de fallecimiento. Esto es así porque, en este supuesto, sus herederos asumirían entonces el aval y la obligación potencial de tener que responder por las deudas del hipotecado.
Además, cualquier aval hipotecario queda registrado en el Centro de Información de Riesgos del Banco de España (
Con carácter general, antes de que el banco reclame la deuda a un avalista, es necesario demostrar que el titular de la hipoteca no tiene capacidad real para pagar las cuotas pendientes. Solo si se logra demostrar que no será posible saldar la deuda, entonces se podrá disponer de la nómina o la pensión del avalista hasta el mínimo inembargable, incluyendo el saldo de sus inversiones o de los inmuebles que tuviera en propiedad.
¿Qué límites tiene un aval hipotecario?
Existen unos límites al aval hipotecario, principalmente en el caso de que el avalista hipotecario tampoco pudiera llegar a hacer frente a la deuda. Además, también es posible fijar límites al aval para evitar que el avalista pudiera llegar a perder todo su patrimonio por las deudas del hipotecado:
- Límite sobre un porcentaje de la hipoteca: solo será posible embargar los bienes del avalista hasta alcanzar una cierta cantidad de la deuda.
- Límite temporal: se establece una fecha límite en el aval hipotecario y, a partir de ese momento, el avalista quedará liberado de su responsabilidad.
El aval hipotecario de un vistazo
| Aspecto | Qué dice el artículo |
|---|---|
| Qué es | Garantía adicional: el avalista respalda el préstamo ante el banco con su patrimonio |
| Cuándo se pide | Falta de ahorro previo (20 % + ~15 % de gastos), ingresos inestables o endeudamiento superior al 35 % |
| Perfil habitual | Familiar cercano con buena situación financiera; en hipotecas para jóvenes, los padres |
| Riesgo principal | Responsabilidad sobre la deuda en los términos establecidos en el contrato de aval |
| Registro | Se comunica a la CIRBE (Banco de España) como riesgo indirecto |
| Límites posibles | Por porcentaje de la deuda o por fecha (límite temporal) |
Dudas habituales sobre el aval hipotecario
Lo esencial: el aval hipotecario
- Es una garantía adicional: el avalista respalda el préstamo ante el banco y responde con su propio patrimonio si el titular no paga.
- Puede pedirse cuando el banco considera necesarias garantías adicionales, por ejemplo, por falta de ahorro previo, ingresos inestables o un nivel de endeudamiento elevado.
- Riesgos para el avalista: puede tener que responder de la deuda con su patrimonio en los términos pactados, y el aval se comunica la CIRBE como riesgo indirecto.
- Pueden pactarse límites: por un porcentaje de la deuda o por una fecha a partir de la cual el avalista queda liberado.
¿Puedo evitar el aval si no llego al 20 % de ahorro?
Sí, no disponer del 20 % del precio de la vivienda ahorrado no implica necesariamente tener que presentar un aval. El banco analiza cada solicitud de hipoteca de forma individual y tiene en cuenta factores como los ingresos, la estabilidad laboral, el nivel de endeudamiento, el ahorro disponible y las características de la vivienda y de la financiación solicitada. Si considera que necesita garantías adicionales para conceder el préstamo, puede solicitar un aval.
¿Qué requisitos debe cumplir quien avala?
Ser mayor de edad y tener solvencia económica suficiente: ingresos estables, un nivel de endeudamiento compatible con su capacidad de pago, no figurar en ficheros de morosos y, preferiblemente, disponer de bienes en propiedad libres de cargas que sirvan como garantía extra.
¿El aval se hereda?
Sí: el fallecimiento del avalista no extingue necesariamente el aval. Las obligaciones que no se extinguen con la muerte pueden formar parte de la herencia y transmitirse a los herederos. Además, el aval queda registrado en la CIRBE, lo que puede influir en el análisis de solvencia si solicita financiación en el futuro.
¿Cuándo puede el banco reclamar la deuda al avalista?
El momento en el que el banco puede reclamar al avalista depende de las condiciones pactadas en el aval. Si se ha renunciado a determinados beneficios, como los de orden y excusión, el banco puede reclamar al avalista tras el impago sin tener que agotar previamente los bienes del titular. En caso de embargo, existen límites legales, como el mínimo inembargable aplicable a salarios y pensiones.
¿Cómo se limita el aval por importe o por tiempo?
Con dos fórmulas que permiten acotar la responsabilidad del avalista: un límite sobre un porcentaje de la hipoteca (el aval queda limitado a una determinada cantidad de la deuda) o un límite temporal (una fecha a partir de la cual el avalista queda liberado de su responsabilidad).
Términos clave
- Aval hipotecario: garantía adicional que refuerza la seguridad de un préstamo hipotecario ante el banco.
- Responsabilidad solidaria: permite reclamar al avalista la deuda garantizada en los términos establecidos en el contrato.
- CIRBE: Central de Información de Riesgos del Banco de España, las entidades comunican, entre otros riesgos, los avales y garantías como riesgos indirectos.
- Mínimo inembargable: la parte de la nómina o pensión del avalista de la que no se puede disponer al reclamar la deuda.
¿Cómo funciona en un caso práctico?
Imaginemos una persona que quiere comprar su primera vivienda, pero no llega al ahorro previo recomendable (un 20 % del precio más alrededor de otro 15 % para los gastos asociados). Su banco le pide un aval hipotecario y un familiar acepta ser avalista: tiene ingresos estables y mantiene un nivel de endeudamiento asumible. Para proteger su patrimonio, pactan límites al aval: responder solo hasta un porcentaje de la deuda y con una fecha límite, a partir de la cual quedará liberada. El aval se comunica en la CIRBE y, antes de firmar, el solicitante utiliza un simulador hipotecario para entender el coste real del préstamo.
Fotografía de sasint en Pixabay
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