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Ahorro, inversión y jubilación

Instrumentos de ahorro para la jubilación, ¿dónde invertir?

Celia Lorente, Publicidad - Wed Aug 30 09:35:31 CEST 2023
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Existen diversos instrumentos de ahorro que suponen una buena alternativa para intentar complementar la futura pensión de jubilación.

Para asegurarnos un futuro económicamente tranquilo lo más prudente es intentar generar unos ahorros que complementen la pensión pública que disfrutaremos. Una de las claves para poder lograrlo es hacer un diseño financiero de largo plazo en el que se analicen nuestras fuentes de ingresos actuales y futuras, los gastos aproximados que tendremos en los próximos años y cómo poder generar ahorro suficiente para alcanzar los objetivos vitales que nos hayamos marcado. Los productos de ahorro, como los planes de pensiones, los planes de previsión asegurados (PPA) o los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) pueden jugar un papel fundamental para conseguirlo.

¿Cuándo empezar a ahorrar para la jubilación?

Tal y como se explica en el documento ‘Prepararnos para las jubilaciones del futuro’, elaborado por Diego Valero, presidente de Novaster, junto a Banco Sabadell y Esade, cuanto antes empecemos a ahorrar tendremos mayor margen para intentar incrementar nuestro patrimonio, ya que, por ejemplo, una persona que comience a ahorrar con 32 años podría llegar a obtener cuando se retire el doble de lo que hubiera obtenido de empezar con 45 años.

Los niveles de riesgo a asumir variarán en función de la edad, por lo que hay que reajustarlos en cada etapa de la vida. En las primeras etapas, se suele apostar por la renta variable, porque en ocasiones es más rentable pero también más volátil y con un mayor riesgo. Más adelante, habrá que ir reduciendo de forma paulatina el peso de la renta variable y preponderar la renta fija hasta llegar a la fecha prevista de jubilación con una cartera que privilegie la liquidez.

Los beneficios de los productos de ahorro

Los planes de pensiones individuales son uno de los instrumentos de ahorro más populares y nos permiten intentar ahorrar a largo plazo mientras construimos un colchón económico de cara a la jubilación. Entre sus ventajas, cabe destacar:

  • Ahorro fiscal. El límite máximo de aportación a planes de pensiones individuales en España con derecho a desgravación en la declaración de la renta (con la excepción de Navarra y País Vasco, que cuentan con una fiscalidad diferente) es de 1.500 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y/o de actividades económicas. Estas aportaciones reducen la base imponible, por lo que facilitan el ahorro fiscal en función de la retención en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
  • Rescate anticipado. Aunque los planes de pensiones están pensados para ser rescatados en el momento en el que un trabajador se jubila, está contemplado su rescate anticipado en una serie de supuestos especiales, como una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, por fallecimiento, o como consecuencia de una situación de dependencia, de una enfermedad grave o de desempleo de larga duración
  • Son hereditarios. Si un partícipe fallece antes de poder rescatar el plan de pensiones, sus descendientes, su pareja o los herederos que haya designado resultan beneficiarios del producto.
  • Productos a medida. Además de que se comercializa un amplio número de planes de pensiones individuales para satisfacer a todos los perfiles de riesgo, estos productos destacan también por ser muy flexibles, ya que permiten a sus partícipes elegir en cualquier momento las aportaciones que quieren realizar, su cuantía y su periodicidad.
  • Traspaso sin coste. Es posible traspasar un plan de pensiones a otra entidad o cambiar a otro de la misma sin que se incurra en ningún coste añadido. Al traspasar un plan de pensiones se movilizan todas las aportaciones que hemos realizado a lo largo del tiempo, sumadas a los beneficios que se han generado. Es posible efectuar un traspaso total o parcial, es decir, podemos traspasar todos los ahorros de un plan a otro, o simplemente una parte si creemos que nos interesa diversificar en otro producto diferente.

Banco Sabadell comercializa diferentes planes de pensiones individuales y otros productos que planifican la jubilación y que se ajustan a la realidad de cada partícipe, ya que permiten decidir cuándo y en qué cuantía realizar aportaciones. Cada plan de pensiones cuenta con diferentes opciones en función de los objetivos que queramos alcanzar y del capital que deseemos dejar a los beneficiarios. Así, es posible elegir la que encaje mejor con nuestros planes de futuro, mientras nos ofrecen la posibilidad de desgravar un 54%1 en la declaración de la Renta.

Además de los planes de pensiones individuales, Banco Sabadell te ofrece otros planes de jubilación, tanto en PPA como en planes de previsión social2 (para residentes en País Vasco) y en rentas vitalicias3.

Elige la mejor opción que se adapte a ti y recuerda que en cualquier momento puedes contar con el asesoramiento de nuestros expertos, solicitando una cita con ellos.

La reducción anual máxima de la base imponible general del IRPF, en territorio común y en el territorio foral de Navarra, será el importe menor entre la aportación realizada o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas según la normativa fiscal vigente. En la normativa foral del País Vasco, el límite máximo de reducción anual de la base imponible en el IRPF por aportaciones individuales es de 5.000 €, 8.000 € por contribuciones empresariales y un límite conjunto de 12.000 € por aportaciones y contribuciones empresariales. Planes de Previsión Asegurados son seguros de vida-ahorro de BanSabadell Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros, con NIF A08371908 y domicilio en la calle Isabel Colbrand, 22, 28050 Madrid, inscrita en el R. M. de Madrid y en el Reg. de Entidades Aseguradoras de la DGSyFP con clave n.° C-0557. Seguros mediados por BanSabadell Mediación, Operador de Banca-Seguros Vinculado del Grupo Banco Sabadell, S A., NIF A-03424223, con domicilio en avda. Óscar Esplá, 37, 03007 Alicante, inscrita en el R. M. de Alicante y en el Registro Administrativo Especial de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de la DGSyFP con clave n.° OV-0004, actuando para BanSabadell Vida, S. A de Seguros y Reaseguros, teniendo suscrito un seguro de responsabilidad civil conforme a lo dispuesto en la normativa de distribución de seguros y reaseguros privados vigente en cada momento. Puedes consultar las entidades aseguradoras con las que BanSabadell Mediación ha celebrado un contrato de agencia de seguros en la web www.bancosabadell.com/bsmediacion. Renta Vitalicia es un seguro de vida-ahorro, sujetos a los términos y condiciones contratados en la póliza, de BanSabadell Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros, con NIF A08371908 y domicilio en calle Isabel Colbrand, 22, 28050 Madrid, inscrita en el R.M. de Madrid y en el Reg. de Entidades Aseguradoras de la DGSyFP, con clave C-0557, y mediados por BanSabadell Mediación, Operador de Banca-Seguros Vinculado del Grupo Banco Sabadell, S.A., NIF A03424223, domicilio en Avda. Óscar Esplá, 37, 03007 Alicante. Inscrita en el R.M. de Alicante y en el Reg. Administrativo Especial de Mediadores de Seguros de la DGSyFP, clave nº 0V-0004, actuando para Bansabadell Vida S.A. de Seguros y Reaseguros y teniendo suscrito un seguro de responsabilidad civil conforme a lo dispuesto en la normativa de distribución de seguros y reaseguros privados vigente en cada momento. Planes de Pensiones individuales: Entidad Gestora BanSabadell Pensiones, E.G.F.P., SA. NIF A58581331 y domicilio en calle Isabel Colbrand, 22, 28050 Madrid, inscrita en el R.M. de Madrid y en el Reg. de Entidades Gestoras de la DGSyFP, con clave n.° G-0085. Entidad depositaria: BNP Paribas, S.A., sucursal en España, con NIF W0011117-I y domicilio social en la calle Emilio Vargas, 4, Madrid, inscrita en el Registro especial de entidades depositarias de fondos de pensiones de la DGSyFP. con la clave D-0197. Entidad promotora y comercializadora de planes de pensiones: Banco de Sabadell. S.A. con NIF A08000143 y domicilio en av. Óscar Esplá., 37, 03007 Alicante, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante y en la DGSyFP, con la clave D-0016. El documento con los datos fundamentales para el partícipe está a disposición del público en las oficinas de Banco Sabadell, así como en la página web del banco www.bancosabadell.com/pensiones. Puedes consultar las entidades aseguradoras con las que BanSabadell Mediación ha celebrado un contrato de agencia de seguros en la web www.bancosabadell.com/bsmediacion. Tienes a tu disposición el Documento de datos fundamentales (DDF), en la web www.sabadellvida.com o en cualquiera de nuestras oficinas , con el objetivo de que conozcas de forma clara, sencilla y concisa las características de estos productos, a fin de que puedas compararlos con otros productos y valorar nuestra oferta.

Los planes individuales de ahorro sistemático son seguros de vida de BanSabadell Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, con NIF A08371908 y domicilio en la calle Isabel Colbrand, 22, 28050 Madrid, inscrita en el R. M. de Madrid y en el Reg. de Entidades Aseguradoras de la DGSyFP con clave n.º C-0557. Seguros mediados por BanSabadell Mediación, Operador de Banca-Seguros Vinculado del Grupo Banco Sabadell, S.A., NIF A-03424223, con domicilio en avda. Óscar Esplá, 37, 03007 Alicante, inscrita en el R. M. de Alicante y en el Registro Administrativo Especial de Mediadores de Seguros de la DGSyFP con clave n.º OV-0004, teniendo suscrito un seguro de responsabilidad civil conforme a lo dispuesto en la normativa de distribución de seguros y reaseguros privados vigente en cada momento. Puede consultar las entidades aseguradoras con las que BanSabadell Mediación ha celebrado un contrato de agencia de seguros en la web www.bancsabadell.com/bsmediacion

Entidad de Previsión Social Voluntaria: Bansabadell Previsión Empresas, EPSV de Empleo, NIF V-75161638 y domiciliosocial en Avenida de la Libertad, 21, 20004 Donostia-San Sebastián. Inscrita en el Reg. Mercantil de Gipuzkoa y enel Reg. de EPSV de Euskadi con el nº 283-G. Socio Promotor: BanSabadell Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros, con NIFA08371908 y domicilio en c/ Isabel Colbrand, número 22, 28050 Madrid. Inscrita en el R.M. de Madrid y en la DGSyFP,con clave C-0557.

Entidad encargada de la gestión del patrimonio de la EPSV: Sabadell Asset Management, S.A., S.G.I.I.C., con NIFA08347684 y domicilio en calle Isabel Colbrand, 22, 28050 Madrid. Inscrita en R.M. de Madrid y en el Registro deSociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con el número 58.

Consulta la política de Inversiónestatutosacuerdos adoptados en la asamblea general, el reglamento del defensor asociado de Bansabadell Previsión Empresas, E.P.S.V. de empleo y política de integración de riesgos ESG en las inversiones.

2 De acuerdo con la normativa, se puede cobrar la prestación del plan de previsión cuando se produzca alguna de estas otras contingencias:

  • Incapacidad permanente o invalidez para el trabajo.
  • Dependencia.
  • Fallecimiento.
  • Enfermedad grave.
  • Desempleo de larga duración.

Entidad de Previsión Social Voluntaria: BanSabadell Previsión, EPSV individual, NIF número V-95120671, y domiciliosocial en Avenida de la Libertad, 21, 20004 Donostia-San Sebastián. Inscrita en el Reg. Mercantil de Gipuzkoa, y enel Reg. de EPSV de Euskadi con el nº 227-G. Socio promotor: BanSabadell Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros, con NIFA08371908 y domicilio en c/ Isabel Colbrand, número 22, 28050 Madrid. Inscrita en el R.M. de Madrid y en la DGSyFP,con clave C-0557.

Entidad encargada de la gestión del patrimonio de la EPSV: Sabadell Asset Management, S.A., S.G.I.I.C., con NIFA08347684 y domicilio en calle Isabel Colbrand, 22, 28050 Madrid. Inscrita en R.M. de Madrid y en el Registro de Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con el número 58.

3 Este producto solo admite el rescate total. El cliente asume riesgo de inversión en el rescate ya que el importe derivado del ejercicio del rescate vendrá determinado por el valor de mercado de las inversiones asignadas, no pudiendo superar los siguientes límites en función de la modalidad contratada:

En la modalidad Renta Vitalicia 100%: la provisión matemática (fondo constituido por la compañía de seguros para hacer frente al pago de las prestaciones y de los gastos derivados del seguro).

En la modalidad Renta Vitalicia 70% - 80% - 90%: el propio capital garantizado de fallecimiento (70% - 80%-  90% de la prima aportada).

En la modalidad Renta Vitalicia Capital Decreciente: el propio capital garantizado de fallecimiento (la prima aportada menos las rentas brutas cobradas por el asegurado), que puede llegar a ser cero en función de los años transcurridos desde la contratación (cuando el cliente haya cobrado como mínimo un importe equivalente a la prima aportada, pero continúa cobrando vitaliciamente la renta).

Conforme a la normativa vigente, el rescate tributa como rendimiento de capital mobiliario, añadiendo la parte de las rentas percibidas que no han quedado sujetas a tributación. Existe un periodo recomendado de permanencia que permite minimizar su riesgo de mercado en caso de rescate según la edad del tomador y la modalidad elegida. Puede consultar dichos periodos en el Documento de Datos Fundamentales que encontrará en www.sabadellvida.com.

Renta Vitalicia, Pensión Vitalicia, Renta Vitalicia Capital Decreciente y Renta Vitalicia 70-80-90 son seguros de vida-ahorro, sujetos a los términos y condiciones contratados en la póliza, de BanSabadell Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros, con NIF A08371908 y domicilio en calle Isabel Colbrand, 22, 28050 Madrid, inscrita en el R.M. de Madrid y en el Reg. de Entidades Aseguradoras de la DGSyFP, con clave C-0557, y mediados por BanSabadell Mediación, Operador de Banca-Seguros Vinculado del Grupo Banco Sabadell, S.A., NIF A03424223, domicilio en Avda. Óscar Esplá, 37, 03007 Alicante. Inscrita en el R.M. de Alicante y en el Reg. Administrativo Especial de Mediadores de Seguros de la DGSyFP, clave nº 0V-0004, actuando para Bansabadell Vida S.A. de Seguros y Reaseguros y teniendo suscrito un seguro de responsabilidad civil conforme a lo dispuesto en la normativa de distribución de seguros y reaseguros privados vigente en cada momento.

Puedes consultar las entidades aseguradoras con las que BanSabadell Mediación ha celebrado un contrato de agencia de seguros en la web www.bancosabadell.com/bsmediacion.

Tienes a su disposición el Documento de datos fundamentales (DDF), en la web http://www.sabadellvida.com o en cualquiera de nuestras oficinas , con el objetivo de que conozcas de forma clara, sencilla y concisa las características de estos productos, a fin de que puedas compararlos con otros productos y valorar nuestra oferta

Los planes de previsión asegurados y los planes individuales de ahorro sistemático son seguros de vida-ahorro de BanSabadell Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros, con NIF A08371908 y domicilio en la calle Isabel Colbrand, 22, 28050 Madrid, inscrita en el R. M. de Madrid y en el Reg. de Entidades Aseguradoras de la DGSyFP con clave n.° C-0557. Seguros mediados por BanSabadell Mediación, Operador de Banca-Seguros Vinculado del Grupo Banco Sabadell, S A., NIF A-03424223, con domicilio en avda. Óscar Esplá, 37, 03007 Alicante, inscrita en el R. M. de Alicante y en el Registro Administrativo Especial de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de la DGSyFP con clave n.° OV-0004, actuando para BanSabadell Vida, S. A de Seguros y Reaseguros, teniendo suscrito un seguro de responsabilidad civil conforme a lo dispuesto en la normativa de distribución de seguros y reaseguros privados vigente en cada momento. Puedes consultar las entidades aseguradoras con las que BanSabadell Mediación ha celebrado un contrato de agencia de seguros en la web www.bancosabadell.com/bsmediacion. Planes de Pensiones individuales: Entidad Gestora BanSabadell Pensiones, E.G.F.P., SA. NIF A58581331 y domicilio en calle Isabel Colbrand, 22, 28050 Madrid, inscrita en el R.M. de Madrid y en el Reg. de Entidades Gestoras de la DGSyFP, con clave n.° G-0085. Entidad depositaria: BNP Paribas, S.A., sucursal en España, con NIF W0011117-I y domicilio social en la calle Emilio Vargas, 4, Madrid, inscrita en el Registro especial de entidades depositarias de fondos de pensiones de la DGSyFP. con la clave D-0197. Entidad promotora y comercializadora de planes de pensiones: Banco de Sabadell. S.A. con NIF A08000143 y domicilio en av. Óscar Esplá., 37, 03007 Alicante, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante y en la DGSyFP, con la clave D-0016.

El documento con los datos fundamentales para el partícipe está a disposición del público en las oficinas de Banco Sabadell, así como en la página web del banco www.bancosabadell.com/pensiones.

Entidad de Previsión Social Voluntaria: BanSabadell Previsión, EPSV individual, NIF número V-95120671, y domicilio social en Avenida de la Libertad, 21, 20004 Donostia-San Sebastián. Inscrita en el Reg. Mercantil de Gipuzkoa, y en el Reg. de EPSV de Euskadi con el nº 227-G. Socio promotor: BanSabadell Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros, con NIFA08371908 y domicilio en c/ Isabel Colbrand, número 22, 28050 Madrid. Inscrita en el R.M. de Madrid y en la DGSyFP, con clave C-0557.

Consulta la política de Inversiónestatutosacuerdos adoptados en la asamblea general, el reglamento deldefensor asociado de Bansabadell Previsión, EPSV Individual y política de integración de riesgos ESG en las inversiones.

Entidad encargada de la gestión del patrimonio de la EPSV: Sabadell Asset Management, S.A., S.G.I.I.C., con NIFA08347684 y domicilio en calle Isabel Colbrand, 22, 28050 Madrid. Inscrita en R.M. de Madrid y en el Registro deSociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con el número 58.

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Tu hogar, tu coche y tus seguros   - 23/11/2024

Hipoteca verde: ¿cómo funciona y cómo se solicita una hipoteca “eco”? Carlos S. Ponz

Una hipoteca verde se diferencia del resto de préstamos hipotecarios en que requiere que la vivienda a la que financia cumpla con una serie de criterios de sostenibilidad y de eficiencia energética. Te contamos todo sobre las hipotecas verdes a continuación. 

¿Qué es una hipoteca verde o ecológica?

Una hipoteca verde o ecológica es un préstamo hipotecario que permite financiar la adquisición de una vivienda que cumple con unos determinados criterios de eficiencia energética y sostenibilidad ambiental. 

Entre las ventajas que aporta una vivienda así cabe destacar:

  • Menor gasto en electricidad, promoviendo el ahorro a largo plazo.

  • Mayor valor de la vivienda en el mercado.

  • Posibles beneficios fiscales, según la legislación vigente.

  • Cumplimiento con la normativa existente en materia de sostenibilidad.

  • Contribuir a la preservación del planeta.

Principales características de las hipotecas verdes

Las hipotecas verdes tienen una serie de características que las diferencian de las hipotecas tradicionales, como son:

  • Financiar viviendas que cumplen con unos estándares de eficiencia energética, como mejores aislamientos en la vivienda, un sistema de calefacción más eficiente o el uso de paneles solares para el autoconsumo.

  • Promover una serie de certificaciones oficiales que acrediten que el inmueble cumple con unos determinados estándares medioambientales.

  • Poder optar, según el caso, a unas condiciones más favorables, como contar con una tasación elevada asociada a un buen porcentaje de financiación.

¿Cómo funciona una hipoteca verde?

Desde el punto de vista de su titular, una hipoteca verde funciona igual que una hipoteca tradicional, ya que hay que abonar unas cuotas periódicas a través de las que se va devolviendo parte del capital prestado y de los intereses. Normalmente, una hipoteca cubre hasta un máximo del 80% del precio de la compraventa o del valor de la tasación del inmueble (el menor de los dos). La cuota mensual que abona el titular no debe superar el 35% de sus ingresos totales para no sobrepasar su capacidad de endeudamiento.

¿Cómo tramitar una hipoteca “eco”?

Tramitar una hipoteca verde es un proceso que no difiere en gran medida de solicitar una hipoteca tradicional, por lo que es importante prestar atención a las cosas que tienes que saber antes de pedir una hipoteca. Con todo, hay que tener presente que sí que se exigen unos requisitos diferentes.  

Requisitos que debe cumplir el solicitante

Para solicitar una hipoteca verde hay que cumplir con una serie de requisitos específicos, como pueden ser:

  • Aislamiento térmico de alta calidad en paredes, techos y ventanas.

  • Sistemas de iluminación LED.

  • Sistemas de calefacción y agua caliente eficientes.

  • Electrodomésticos con etiquetado A ó B.

  • Uso de energías renovables, por ejemplo, a través de paneles solares o de aerogeneradores.

Aunque independientemente de si se cumplen estos requisitos o no, lo recomendable es ponerse en contacto con el banco para solicitar asesoramiento sobre el tipo de hipoteca más recomendable según cada caso. El banco realizará entonces un estudio para analizar la solvencia del solicitante, teniendo en cuenta, entre otros factores, que:

  • No hay que destinar más del 35% de los ingresos mensuales al pago de la cuota hipotecaria.

  • Contar con una cantidad ahorrada de, como mínimo, el 20% del precio total de la vivienda.

  • Disponer de entre el 10% y el 15% del valor total para los gastos asociados a la compra de la vivienda (la notaría, los impuestos y los gastos de la hipoteca, entre los que están la tasación de la vivienda y la comisión de apertura. Banco Sabadell no aplica en la actualidad esta comisión a sus hipotecas).

Proceso de tramitación

Junto a la petición al banco, el solicitante debe entregar: 

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación Fiscal (NIF).

  • Histórico de la vida laboral.

  • Justificante del precio de compraventa de la vivienda.

  • Las dos últimas nóminas.

  • La declaración de la Renta (si es trabajador por cuenta ajena) o, si es profesional autónomo, la declaración de la renta de los dos últimos ejercicios, los pagos trimestrales del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) del año en curso y los recibos de pago a la Seguridad Social más recientes.

Si el banco, una vez analizada la solicitud, decide ir hacia adelante enviará al solicitante la Ficha de Información Precontractual (FIPRE) que, aunque tiene carácter meramente informativo, incluye las características básicas de la hipoteca y del tipo de interés, ya sea fijo, mixto o variable

Si la persona interesada en suscribir la hipoteca quiere continuar con el proceso de solicitud de la hipoteca tras analizar la FIPRE, el banco preparará la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN), que sí que tiene carácter vinculante. También recibirá la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE), en la que, entre otra información, se reflejan las consecuencias legales si se produce un incumplimiento del contrato.

Alternativas a una hipoteca verde

Además de las hipotecas verdes también existen los préstamos verdes, que son préstamos que se destinan a financiar iniciativas sostenibles que tengan un impacto positivo en el medio ambiente. 

Hay que tener en cuenta que, al igual que los préstamos convencionales, los préstamos verdes suelen ser de una cuantía menor que las hipotecas, pero si lo que quieres es, por ejemplo, hacer una reforma para mejorar la eficiencia y la sostenibilidad de tu vivienda, puedes optar por este tipo de préstamos. 

Fotografía de Freepik


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Tu hogar, tu coche y tus seguros   - 23/11/2024

Inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad: ¿cómo hacerlo? Carlos S. Ponz

Entre los trámites que conviene realizar al comprar una casa está el de su inscripción en el Registro de la Propiedad de la vivienda. Algo que, aunque en principio no es obligatorio, es clave para, entre otras cosas, dejar constancia sobre si el inmueble soporta alguna carga. A continuación, te explicamos por qué es importante inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad y los pasos que hay que seguir para hacerlo.

¿Qué es el Registro de la Propiedad? 

El Registro de la Propiedad es una institución del Estado que tiene entre sus cometidos el de recoger oficialmente cualquier inscripción, contrato o resolución judicial o administrativa que afecte a una propiedad inmobiliaria. Por ejemplo, cuando se produce una compraventa de una vivienda, permite inscribir información relativa a quién es el propietario y los derechos y cargas que recaen sobre ella. 

Una de las finalidades más importantes del Registro de la Propiedad es dar seguridad a las operaciones que se realizan en el mercado inmobiliario, ya que al estar registradas se da como cierto lo que dice el Registro. Es decir, que no otorga la titularidad sobre un inmueble, pero sí la hace pública.

¿Cómo se registra una vivienda en el Registro de la Propiedad? 

Documentación necesaria para inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad

Antes de realizar la inscripción de una vivienda en el Registro de la Propiedad, es importante que el propietario reúna la siguiente documentación:

  • Copia autorizada de la escritura pública de la compraventa firmada por el notario.
  • Liquidación de los impuestos correspondientes a la compraventa del inmueble, para demostrar que está libre de cargas.
  • Acreditación de la comunicación de la transmisión al Ayuntamiento.
  • Recibo más reciente del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI).

Con esta documentación, ya es posible acudir a la oficina del Registro de la Propiedad para inscribir la vivienda. Este trámite conlleva un coste económico y se puede realizar personalmente o delegarlo en una gestoría.

Los expertos del Registro de la Propiedad analizarán toda la documentación que ha presentado el propietario y, en un plazo máximo de 15 días hábiles, confirmará el cambio en el derecho de propiedad del inmueble.

¿Es obligatorio inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad?

La inscripción de los inmuebles en el Registro es voluntaria, pero al hacerlo se obtiene una mayor seguridad jurídica en las operaciones. Sólo es de obligatorio cumplimiento en el caso de querer solicitar una hipoteca, ya que el banco requiere el registro del inmueble dado que es la única garantía del préstamo hipotecario.

¿Cuánto tiempo tengo para inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad? 

Al ser un trámite opcional, el propietario puede inscribir su vivienda en el Registro de la Propiedad cuando desee o, directamente, no hacerlo. Eso sí, a la hora de solicitar una hipoteca para financiar la compra del inmueble, es obligatorio realizar la inscripción en el Registro para formalizar la hipoteca. Este gasto es uno de los que corresponde al banco, de acuerdo a la Ley Hipotecaria de 2019.

¿Cuánto cuesta inscribir una vivienda?

El coste de inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad suele rondar entre los 50 y los 300 euros, ya que se calcula en función de un porcentaje del valor del inmueble (entre el 0,05% y el 0,20% del precio de compraventa). 

Fotografía de Freepik

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Ahorro, inversión y jubilación   - 22/11/2024

Así puedes calcular cómo será tu pensión de jubilación Carlos S. Ponz

Calcular la pensión de jubilación que una persona recibirá al retirarse es clave para conocer si podrá mantener su nivel de vida o si será necesario complementarla con algunos productos destinados al ahorro como, por ejemplo, un plan de pensiones. Para ello existen dos elementos clave: su salario y el número de años que haya cotizado a la Seguridad Social. A continuación, te explicamos cómo utilizarlos para saber la cuantía de tu pensión de jubilación.

¿Cómo calcular la pensión de jubilación?

A través del salario es posible determinar la base reguladora de una pensión de jubilación. La base reguladora de la pensión es el mecanismo que se utiliza legalmente para estimar la cuantía económica que tendrá una pensión de jubilación en el futuro. ¿Cómo calcular la base reguladora?  Hay que sumar las últimas 300 cotizaciones a la Seguridad Social de una persona (que son las cotizaciones de los últimos 25 años) y dividir el resultado entre 350.

A continuación, hay que aplicar un porcentaje de ajuste a la pensión de jubilación que se corresponde con los años cotizados. Hasta el año 2026, es necesario haber cotizado 36 años y 6 meses como mínimo para tener derecho a percibir el 100% de la base reguladora de la pensión. Si no se alcanza ese mínimo, los derechos de acceso quedan así:

  • Los primeros 15 años de cotización dan derecho al 50 % de la base reguladora.
  • Desde ese momento, por cada mes adicional cotizado durante los primeros 49 meses, al 50% anterior se añadirá un 0,21%.
  • A partir del mes 50, para cada uno de los meses siguientes, se le añadirá un 0,19%.

Tabla para calcular la pensión según los años cotizados

En 2024, esta es la tabla para calcular la pensión de jubilación según los años cotizados:

  • 15 años cotizados: 50% de la base reguladora.
  • 16 años cotizados: 52,52% de la base reguladora.
  • 17 años cotizados: 55,04% de la base reguladora.
  • 18 años cotizados: 57,56% de la base reguladora.
  • 19 años cotizados: 60,08% de la base reguladora.
  • 20 años cotizados: 62,38% de la base reguladora.
  • 21 años cotizados: 64,66% de la base reguladora.
  • 22 años cotizados: 66,94% de la base reguladora.
  • 23 años cotizados: 69,22% de la base reguladora.
  • 24 años cotizados: 71,50% de la base reguladora.
  • 25 años cotizados: 73,78% de la base reguladora.
  • 26 años cotizados: 76,06% de la base reguladora.
  • 27 años cotizados: 78,34% de la base reguladora.
  • 28 años cotizados: 80,62% de la base reguladora.
  • 29 años cotizados: 82,90% de la base reguladora.
  • 30 años cotizados: 85,18% de la base reguladora.
  • 31 años cotizados: 87,46% de la base reguladora.
  • 32 años cotizados: 89,74% de la base reguladora.
  • 33 años cotizados: 92,02% de la base reguladora.
  • 34 años cotizados: 94,30% de la base reguladora.
  • 35 años cotizados: 96,58% de la base reguladora.
  • 36 años y 6 meses o más cotizados: 100% de la base reguladora

Ejemplo para calcular la pensión

José ha trabajado durante 35 años. Su salario promedio durante los últimos 25 años ha sido de 2.000 euros, por lo que el cálculo de su base reguladora es:

(2.000 x 300) / 350 = 1.714,28 euros.

Sobre esta cifra hay que realizar la correspondiente reducción teniendo en cuenta que le quedaría un año y seis meses para alcanzar los 36 años y seis meses que le permitirían recibir el 100% de su base reguladora. A José habría que aplicarle entonces un coeficiente del 96,58%. De este modo, su pensión de jubilación final sería:

(1,714,28 x 96,58) / 100 = 1.655,65 euros.

Aunque en 2024 la edad legal para la jubilación ordinaria es de 66 años y seis meses, en 2025 se situará en 66 años y ocho meses, y en 2027 llegará hasta los 67 años. Para todos estos años, es necesario haber cotizado, al menos, 15 años para optar a una pensión pública de jubilación, dos de ellos comprendidos dentro de los 15 años previos a la jubilación.

Opciones para complementar la pensión de jubilación

Aunque para intentar favorecer el ahorro para la jubilación, el producto más conocido suele ser el plan de pensiones individual, existen otros que también están destinados a ese fin, como por ejemplo:

Cada uno de ellos tiene sus peculiaridades y ofrece una deducción fiscal diferente, por lo que antes de contratarlos lo más oportuno es solicitar asesoramiento profesional.

Fotografía de Antoine Dautry en Unsplash

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