Aunque el dinero y el resto de bienes de una persona fallecida habitualmente se transmite a sus herederos, es importante comprender los aspectos legales, fiscales y operativos necesarios para efectuar dicha transmisión. Realizar una adecuada planificación y entender los pasos que hay que dar así como las posibles incidencias que pudieran producirse es clave para completar la transmisión en el menor tiempo posible y sin complicaciones. A continuación, explicamos qué hay que tener presente en la herencia de dinero de las
Para poder acceder a una herencia de una cuenta bancaria, el heredero tiene que presentar al banco una serie de documentos que acrediten tanto el fallecimiento del titular de la cuenta como su condición de heredero. Más adelante, tendrá que hacer frente a las obligaciones fiscales requeridas que, principalmente, es el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). Estos son los trámites clave para completar la herencia de una cuenta bancaria:
En primer lugar, hay que confirmar cuál es el banco con el que operaba la persona fallecida. Para asegurarse, lo mejor es contactar con la Agencia Tributaria, donde, tras acreditar formalmente que se es el heredero, se facilitará la información financiera del fallecido.
Tras conocer el banco en el que tenía una o más cuentas la persona fallecida, hay que acreditar ante la entidad que se ostenta la condición de heredero. De esta manera, el banco facilitará un certificado de posiciones de la cuenta bancaria, que es un documento necesario para liquidar más adelante el ISD.
La documentación que hay que presentar al banco para confirmar que se es el heredero del titular de una cuenta es:
Además de estos documentos, también hay que presentar al banco un documento que acredite que el heredero ha pagado el ISD. Este documento es importante porque, si no se presenta, el banco sería responsable subsidiario del pago de este impuesto.
La ley permite que el banco pueda autorizar la disposición de fondos de la propia cuenta del cliente fallecido para el abono de este impuesto si el heredero lo solicita a la entidad. Una vez presentada la solicitud, habitualmente el banco emite, a cargo de los bienes del causante, un cheque a nombre de la Agencia Tributaria o de la Consejería de Hacienda de la comunidad autónoma que corresponda, con el exclusivo fin del pago de dicho impuesto.
El ISD es el documento de autoliquidación o liquidación que debe incluir la relación de saldos depositados en el banco y la carta de pago o exención o prescripción del impuesto. La entrega de la información relativa al Impuesto de Sucesiones es requisito necesario para poder disponer de los saldos adjudicados.
Para calcular cuánto hay que pagar en el ISD se fija un tipo impositivo según diferentes tramos que sirven para concretar una base imponible. Habitualmente, la cuota tributaria para el pago del ISD se sitúa entre el 7,65% y el 34%. Sobre esa base imponible se aplican una serie de reducciones, tanto estatales como luego las que tenga fijadas cada comunidad autónoma.
En una cuenta bancaria heredada, puede ocurrir que exista un
Habitualmente, cuando existe un cotitular en una cuenta bancaria heredada, se suele presentar al banco un escrito en el que el cotitular da conformidad al porcentaje atribuido a la herencia.
Para realizar una
Para evitar problemas fiscales al heredar dinero en cuentas bancarias, es fundamental conocer el estado financiero del fallecido, si la cuenta tenía o no cotitular y los posibles movimientos de fondos que se hubieran producido recientemente. Por ejemplo, una de las situaciones más frecuentes es que fallezca uno de los titulares de una
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