Acceder a una vivienda suele ser una importante preocupación para los jóvenes. Por este motivo, existen ayudas públicas, tanto estatales como regionales, que intentan facilitarles el acceso a su primera vivienda. A continuación, analizamos algunas de las principales ayudas que existen para que los jóvenes puedan comprar una casa y las claves principales sobre una hipoteca joven.
¿Qué ayudas públicas existen para la adquisición de la primera vivienda?
En España, existen tanto ayudas para jóvenes a nivel estatal como a nivel autonómico para la compra de vivienda o vinculadas a la hipoteca. Banco Sabadell está adherido a diferentes convenios con el objetivo de facilitar tanto a jóvenes como a familias con menores a su cargo la adquisición de su primera vivienda, como la Línea de Avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO)1.
El objetivo de esta línea de avales es facilitar que el importe de una hipoteca concedida por un banco a cualquiera de estos colectivos pueda llegar a igualar el valor de tasación o el precio de adquisición de la vivienda, el de menor importe. Al tratarse de avales que son gratuitos tanto para el nuevo propietario como para el banco, su aplicación no representa un incremento adicional en el tipo de interés de la hipoteca.
Los avales del ICO para el acceso a la vivienda para los jóvenes son complementarios a los planes de acceso a la vivienda que ofrecen las comunidades autónomas.
Los principales requisitos1 para acceder a esta línea de Avales del ICO son:
- Ser persona física y tener la residencia legal en España durante los dos años previos a la solicitud del aval.
- Tener 35 años o menos o tener hijos menores a cargo.
- La vivienda debe estar en territorio nacional y debe ser la única propiedad (excepto en casos de herencias parciales, divorcio o inaccesibilidad de la vivienda actual debido a discapacidad).
- Dicha vivienda deberá ser la residencia habitual y permanente del solicitante durante, al menos 10 años, salvo que circunstancias excepcionales lo impidan, como, por ejemplo, el divorcio.
- El patrimonio del solicitante no debe exceder los 100.000 euros. En el caso de que se trate de dos compradores, este límite patrimonial se extiende para cada uno de ellos.
- El precio de compra de la vivienda no puede superar el máximo establecido para cada comunidad autónoma.
- El solicitante no puede estar incluido por temas de morosidad en la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) en la fecha de formalización del préstamo hipotecario.
- Los límites de ingresos brutos anuales varían según la situación familiar:
- Individuales: 37.800 euros (4,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples -IPREM). Este importe se incrementará en 0,3 veces el IPREM (2.520 euros brutos anuales) por cada menor a cargo.
- Parejas sin hijos: 75.600 euros entre ambos.
- Familias con un hijo a cargo: 78.120 euros.
- Familias con dos hijos a cargo: 80.640 euros.
- Familias monoparentales: Se incrementan los límites detallados anteriormente en un 70%.
- El importe solicitado no podrá superar, además de los importes máximos de compra de la vivienda establecidos en función de cada comunidad autónoma, el 100% del menor de los dos siguientes importes: el valor de tasación de la vivienda o el precio de adquisición de la vivienda, impuestos y gastos no incluidos.
- El aval estará vigente durante los primeros 10 años del préstamo hipotecario.
- La línea de avales del ICO no es compatible con otras garantías o avales públicos.
Además de esta línea de avales del ICO existen algunas ayudas estatales y regionales para el acceso a la primera vivienda por parte de los jóvenes, como son:
- Ayuda del Estado. El Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 incluye una subvención de hasta 10.800 euros para personas de hasta 35 años que cumplan ciertos requisitos:
- El precio del inmueble no puede ser superior a 100.000 euros.
- El límite de esta ayuda es, como máximo, del 20% del precio de compraventa de la vivienda.
- La ayuda aplica a cualquier tipo de vivienda, siempre que vaya a ser la residencia habitual del comprador.
- Quienes vayan a vivir en la vivienda pueden cobrar hasta un máximo de tres veces el IPREM. En 2024, este indicador se quedó en 600 euros al mes, lo que significa que los residentes del inmueble no pueden sumar unos ingresos mensuales superiores a 1.800 euros brutos.
- El municipio donde se ubique la vivienda no puede tener más de 10.000 habitantes.
- El solicitante de la ayuda no puede ser propietario o usufructuario de otra vivienda.
A pesar de tener un carácter estatal, esta ayuda hay que tramitarla a través de la página web de la comunidad autónoma en la que se encuentre la vivienda. En principio, esta ayuda no es incompatible con la solicitud, también, de un aval del ICO.
- Ayudas regionales. Cada comunidad autónoma ofrece una serie de ayudas a los jóvenes para el acceso a su primera vivienda. Estas ayudas, complementarias a los avales del ICO, son también adicionales al Plan Estatal de Vivienda 2022-2025. Las principales son:
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Andalucía:
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Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): tipo reducido del 3,5% (tipo general del 7%).
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Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): tipo reducido del 0,3% (tipo general del 1,2%).
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Aval del 15% de la hipoteca para financiar el 95% de la compra de la vivienda. Su precio no puede ser superior a 295.240 euros, aunque puede aumentar hasta 354.288 euros si tiene una calificación A o B.
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Aragón:
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IAJD: se reduce un 30% el tipo general (que es del 1,5%). El precio de compraventa no puede exceder los 100.000 euros.
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ITP: se reduce en un 12,5% el tipo general (que es del 8%) en la compra de vivienda usada. El precio de venta no puede exceder los 100.000 euros.
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Asturias:
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Illes Balears.
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ITP: bonificación del 100% (tipo general del 8%). El precio no puede superar los 270.151 euros y los ingresos del solicitante no pueden exceder los 52.800 euros.
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Aval en la hipoteca del 20% si el precio del inmueble no supera los 270.151 euros y es para uso habitual.
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Canarias:
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IAJD: tipo reducido del 0,4% (tipo general del 1%).
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ITP: reducción de un 20% en el tipo general, que es del 6,5%.
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Aval del 15% de la hipoteca para financiar hasta un 95% de la compra de la vivienda habitual. Su precio no puede superar los 200.000 euros.
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Cantabria:
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IAJD: tipo reducido del 0,3% (tipo general del 1,5%).
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ITP: tipo reducido del 5% (tipo general del 8%).
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Castilla y León:
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IAJD: tipo reducido del 0,5% (tipo general del 1,5%).
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ITP: tipo reducido del 4% (tipo general del 8%).
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Aval del 17,5% de la hipoteca para financiar hasta el 97,5% de la compra de la vivienda. Su precio no debe superar los 240.000 euros.
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Castilla- La Mancha:
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IAJD: tipo reducido del 0,5% (tipo general del 1,5%).
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ITP: tipo reducido del 5% (tipo general del 9%).
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Cataluña:
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ITP: tipo reducido del 5% (tipo general del 10%) para la compra de vivienda usada para los menores de 33 años. La base imponible total declarada en la última Renta, restándole el mínimo personal y familiar (que es de 5.500 euros), debe ser de 30.000 euros o menos.
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La Generalitat anunció hace algunas semanas (aunque todavía no ha sido aprobada la medida) un plan para financiar el 20% del importe que el banco no cubre en una hipoteca. De este modo, se podría empezar a devolver el dinero en un plazo de 30 años o una vez finalizado el pago de la hipoteca.
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Comunidad Valenciana:
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ITP: tipo reducido del 8% (tipo general del 10%) para la compra de vivienda usada si la base liquidable general más la base del ahorro de la última declaración de la Renta no supera los 30.000 euros.
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Aval del 15% de la hipoteca para financiar el 95% de la compra de la primera vivienda. La vivienda no puede costar más de 277.000 euros.
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Extremadura:
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ITP: reducción de un 20% en el tipo general, que es del 8% si el valor de una vivienda usada no supera los 122.000 euros. El solicitante no puede cobrar más de 30.000 euros brutos al año y la suma de la base liquidable general más la base del ahorro de su última declaración de la Renta no supere los 19.000 euros.
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Aval del 15% de la hipoteca si el precio de adquisición de la vivienda no supera los 210.000 euros. Este límite puede incrementarse en un 20% si su calificación energética es A o B.
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Galicia:
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IAJD: tipo reducido del 0,5% (tipo general del 1,5%) si el patrimonio de la unidad familiar no supera los 200.000 euros.
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ITP: tipo reducido del 3% (tipo general del 8%) para la compra de vivienda usada si el patrimonio de la unidad familiar no supera los 200.000 euros.
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Comunidad de Madrid:
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Murcia:
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IAJD: tipo reducido del 0,1% (tipo general del 1,5%) si la base imponible, menos el mínimo personal y familiar, es inferior a los 40.000 euros y la base de ahorro es de hasta 1.800 euros.
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ITP: tipo reducido del 3% (tipo general del 8%) para la comprar de vivienda usada si la base imponible, menos el mínimo personal y familiar, es inferior a los 40.000 euros y la base de ahorro es de hasta 1.800 euros.
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Aval del 20% en la hipoteca para financiar hasta el 100% de la compra de la vivienda, siempre que su precio no supera los 175.000 euros. Los ingresos del solicitante no pueden superar 5,4 veces el IPREM.
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Navarra:
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País Vasco.
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La Rioja:
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ITP: tipo reducido del 5% (tipo general del 7%) si la base imponible, menos el mínimo personal y familiar, no es superior a 18.030 euros y la base de ahorro es de hasta 1.800 euros.
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Subvención de entre 20.000 y 40.000 euros para adquirir una vivienda en un entorno rural. Para acceder a esta subvención hay que tener unos ingresos iguales o inferiores a 6 veces el IPREM y adquirir, rehabilitar o construir una vivienda de hasta 180.000 euros.
Qué es una hipoteca joven y cómo funciona
Además de estas ayudas, algunos bancos comercializan hipotecas especialmente diseñadas para las personas de 18 a 35 años que desean adquirir una vivienda. En realidad, una hipoteca joven es como cualquier otra hipoteca, aunque puede ofrecer algunas condiciones diferentes a otros préstamos hipotecarios.
Desde el punto de vista operativo, una hipoteca joven también funciona como cualquier otra hipoteca, ya que el titular debe hacer frente al pago de cuotas mensuales según las condiciones que se hayan establecido en el contrato de la hipoteca. Para saber cómo podrían ser las cuotas de un préstamo hipotecario en función del precio de la vivienda y según los ingresos del comprador, es posible hacer una simulación de la hipoteca.
Antes de solicitar ayudas para adquirir una vivienda o suscribir una hipoteca, puede ser una buena idea concretar una cita con un gestor del banco, que podrá ayudar a solucionar cualquier duda que exista y ofrecer un acompañamiento profesional en relación a la financiación de la compra de una vivienda.
1 Advertencia: Cumplir con los requisitos para el aval no garantiza la aprobación de la hipoteca por parte del banco. La concesión de la hipoteca, el tipo de interés, la cantidad solicitada y el plazo de cada operación, vendrán determinados y estarán sujetas al análisis de riesgo por parte del banco.
El plazo para formalizar los préstamos hipotecarios finalizará el 31 de diciembre de 2025 y el aval concedido estará vigente durante un plazo de hasta 10 años.
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